Cesión ilegal de mano de obra

Hola, alguien me podría aclarar qué acciones se puede ejercer en materia de daños y perjuicios ante una cesión ilegal de mano de obra sancionada por la inspección de trabajo. ¿Esto se demanda por lo social o por lo civil?
Como he leído el artículo 312.1 del Código Penal que dice "Serán castigados con las penas de prisión de dos a cinco años y multa de seis a doce meses, los que trafiquen de manera ilegal con mano de obra", tentó dudas.
¿Son juicios diferentes? ¿Qué hay que hacer? ¿Puede ser primero por lo social y después civil?
Gracias

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Respuesta
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Lo del código penal no tiene nada que ver. Tu cesión ilegal lo único que implica es que puedes demandar (en lo social) para tener contrato indefinido con cualquiera de las dos empresas implicadas en la cesión.
La resolución de la inspección dice que se pueden iniciar acciones en materia de daños y perjuicios. ¿Eso va incluido en la demanda que tengo que presentar para que ma hagan indefinido? ¿Quién valora los daños y perjuicios?. Gracias
La demanda por daños y perjuicios es un proceso cvil aparte. Eso deberías preguntarlo en el apartado de derecho general de todoexpertos, ya que este es sólo de derecho laboral.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.

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