¿Jubilación del jefe?

Mi hermana trabaja en una empresa familiar que abarca cuatro carnicerías. El jefe tiene 61 años y está pensando en jubilarse, lo operaron varias veces y está hecho polvo de la espalda. Tiene una hija que trabaja en una de las carnicerías como una empleada más pero que en caso de que se prejubile podría poner todo a su nombre. Mi pregunta es: mi hermana lleva cinco años en dicha empresa y el jefe les amenaza medio en broma medio en serio que se va a jubilar en cuanto pueda y las va a mandar al paro sin cobrar un duro de indemnización, ¿puede hacerlo? ¿Si pone la empresa a nombre de su hija o de su mujer puede librarse de pagar a mi hermana en caso de despido? ¿Qué puede hacer ella si llega el caso? Yo la tranquilizo diciéndole que no puede hacerlo pero ella no puede dormir con la preocupación: tiene 44 años dos niños y está divorciada. Ruego pronta respuesta.

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Lo importante es quién es tu empleador en tu contrato y en la SS. Si es tu jefe como persona física, constará su NIF en el contrato y SS. Si tu empleador es la empresa, vendrá el CIF. La diferencia es muy importante, porque mucha gente desconoce que si en el contrato viene un NIF y el nombre del "dueño" y se jubila, sólo corresponde 1 mes de indemnización a los empleados, por mucha o poca antigüedad que tengan. En cambio una empresa nunca se jubila. Por tanto, si en el contrato vienen el CIF y nombre de la empresa y se jubila el "dueño", la empresa sigue existiendo, y si pretendieran cerrarla tendrían que pagar la indemnización de despido improcedente, o bien intentar un ERE si hay causas económicas suficientes para ello, y puede que no las haya. Un fraude habitual es que el contrato está con el nombre y NIF del jefe, pero el trabajo real es con una empresa (viene el CIF y nombre de la empresa en las facturas, correo...) y en los locales de la empresa. En este caso, si te echan con 1 mes de indemnización porque se jubila el jefe también sería despido improcedente, porque el contrato es fraudulento al poner como empleador a quien realmente no lo es, ya que tu empleador real es la empresa.
En resumen, que si es una empresa da lo mismo que se jubile o que la ponga a nombre de quien quiera.
Me enseñó mi hermana unas nóminas y pone como empresa el nombre de su jefe y luego un cif, pero las carnicerías en los carteles ponen otro nombre y no el de su jefe, ¿se considera igual como empresa aunque ponga su nombre en los contratos y en las nóminas al poner el cif en ellas y no el nif? ¿Si fuera un despido improcedente aunque lleva cinco años le corresponderían 45 días por año trabajado?
Si en el contrato pone el nombre del jefe pero la facturación está a nombre de una empresa entonces para quien trabaja es para la empresa. Lo que importa es la realidad, no el contrato, por lo que si existe la empresa es despido improcedente seguro, con lo que son 45 días brutos con pagas extras por año.
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