Duda legal sobre las horas del convenio del colectivo de frutos secos para acudir al médico

Buenas noches:
Estoy trabajando en una fabrica. Tenemos el convenio colectivo de los frutos secos num. 4300515.
Esta semana tengo que ir al medico a hacerme una revisión: tengo hora para una resonancia y luego más tarde visita con el medico neurocirujano para revisión.
En el convenio pone que tenemos dos horas para el medico. Pone que es de cabecera pero por ahora la empresa presentando el justificante del medico no ha puesto pegas en pagar las dos horas aunque sea otro medico.
Mi pregunta es:yo le he dicho a la empresa que ese día cuantas horas tendría que recuperar y me han dicho que seis. Yo le he dicho que no, que serian 4 que tengo resonancia -2 horas- y visita con el medico -2 horas- y me ha dicho que no que solo me pagan 2 horas. ¿Cuántas horas serian las correctas que tendría que recuperar yo ese día?
A parte yo soy de reus y la visita la tengo en barcelona, hay en el estatuto algún articulo en el que nos den algún permiso al ser más lejos el medico de donde yo vivo.
Gracias atentamente julia

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Las faltas por asistencia a medico, son licencias retribuidas. Lo que pone tu convenio es que tienes un máximo de 2 horas para acudir al medico de cabecera, pero en tu caso, tienes cita con 2 médicos. Por lo tanto, debes presentar justificante de los dos médicos, repito.
No hay como dices, ninguna ley que ponga que hay más tiempo ni menos, por acudir a un medico que tengas a por kms de tu domicilio habitual.
Por consiguiente, informas a la empresa que a partir de por hora, te vas a ausentar de tu puesto para acudir al medico y para hacerte una resonancia. El tiempo transcurrido, lo presentas bajo justificantes, y eso es suficiente.
Si no tienes más dudas, finaliza y puntúa
Yo siempre presento a la empresa los justificantes de los médicos.
Yo les comente que el día 22 faltaría a trabajar durante las 8 horas porque es cuando tengo la resonancia y la visita con el neurocirujano en barcelona. Yo vivo en reus.
Le pregunte si tenia que recuperar alguna hora ese día y me dijeron que 6 horas porque ellos solo me pagan dos. -Fue su contestación-
Y yo le dije que no tendría que ser así porque en un principio si son 2 horas por medico tendría que recuperar 4.
Entonces, según lo que usted me ha dicho: ¿Me esta diciendo que hay algún articulo en el cual ponga que las faltas por asistencia a medico son retribuidas? ¿Me puede decir cual es?
Más que nada porque si ponen pegas o algo para poderles exponer yo bien las cosas y decirles : pues no tengo que recuperar porque en tal articulo pone tal...
Gracias
En la web www.estatutodelostrabajadores.es y vas a licencias retribuidas. La asistencia en tu caso a un medico, es por el tiempo indispensable, y por supuesto hay que tener en cuenta el desplazamiento.
Los convenios pueden mejorar el propio Estatuto, pero NUNCA, ir por debajo del mismo.
Finaliza y puntúa

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