La it cotiza para la jubilación

Los períodos en los que permances de baja por enfermedad común sigues cotizando para la jubilacionm, ¿si no aparecen en las bases de cotizaciones como se reclaman?
Mi padre tiene 56 años, trabajo toda su vida en régimen del mar, ya está en edad de jubilación por los coeficientes reductores, pero tiene dos períodos de it en ditintas épocas, en total hacen dos años y no aparece en las bases de cotizaciones.
¿Cómo hace mucho tiempo, no guarda partes de baja de aquella época como puedo reclamarlos que me pedirán? ¿Serviría un extracto del banco en el que conste esos cobros?

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Seria necesario un estudio más detenido del caso de tu padre pero si existe un desacuerdo con la Seguridad Social en cuanto a la determinación de la cantidad que le corresponda a tu padre por jubilación, sería necesario presentar reclamación previa contra la resolución del Instituto Social de la María por la vía regulada en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Laboral aportando todas aquellas pruebas que puedan demostrar la existencia de una relación laboral en dichas fechas. En caso de que la falta de cotización se deba a que el empresario no ha pagado las cotizaciones podría ayudarte interponer una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que esta determine dicho incumplimiento (el acta de infracción de la inspección te podría servir como prueba). En caso de que la respuesta del ISM a tu reclamación sea negativa o no conteste en el plazo de 45 días, tendrías 30 días para presentar una demanda judicial.
El empresario nada tiene que ver, pues una de la bajas, la más reciente fue justo antes de terminar el contrato ( terminaba contrato en cada campaña) y duro casi 6 meses. Entregaba los partes de baja en la casa dle mar ya, no en la empresa.
La otra baja data de 1995 y tuvo que dejar la campaña, por recaer de una operación de hernia, fue trasladado a españa( guarda ese papel del traslado) y estuvo de baja hasta nueva operación, unos 11 meses.
Ninguna de las dos bajas aparecen en las bases de cotizaciones, esos períodos aparecen desiertos.
En ese caso lo que tenéis que hacer es presentar una reclamación previa contra la resolución por la que se le concede la jubilación puesto que la cuantía de la misma al no recoger dichos periodos va a ser inferior a lo que le corresponde. A dicha reclamación debéis acompañar toda la documentación que tengáis y que pruebe la situación de baja durante dichas fechas. Si el Instituto Social de la Marina no atiende a dicha reclamación en los plazos que te he dicho más arriba tendríais que acudir a los juzgados de lo Social para interponer demanda contra la desestimación de la reclamación.

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