Finiquito de funcionario

En la jubilación de funcionarios del Estado, ¿se tiene que liquidar el finiquito igual que en el régimen laboral?

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Lo que vulgarmente se considera como finiquito no es más que el pago del salario devengado el último mes, la parte proporcional de pagas extras y las vacaciones no disfrutadas.
Por tanto, para los Funcionarios es igual. Te deben liquidar si tienes salario pendiente, si tienes pagas extras pendientes y si tienes vacaciones pendiente.
Además, a veces, para el personal funcionario se regulan los denominados premios de jubilación. Asesórate y mira a ver si te corresponde alguno.

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