Indemnización que no me pagan

El día 15 del pasado mayo recibí una carta donde se me despedía el 31 de mayo de 2009, firme la comunicación, en ella ponía que me pasara por la oficina a cobrar mi liquidación. Me dan la hoja de la liquidación, la cual estoy de acuerdo en la cantidad, pero me dicen que este mes no me la pueden pagar, yo, como tengo otro trabajo, les dije que no iba a ir al paro pero que si me la iban a pagar más tarde junto a la liquidación debería estar el documento de "Reconocimiento de deuda", el cual tengo entendido, debe reflejar como y cuando voy a cobrar... Pues bien, me están toreando, que si julio, que si en tres partes,... Pero no tengo tal documento... Tengo copia de la liquidación que por supuesto no firme... ¿Tengo derecho a exigir ya ese documento? Yo quiero cobrar, de una manera o de otra, ¿Reclamo o espero? ¿Y dónde?

1 Respuesta

Respuesta
1
Para empezar, el hecho de que no te pagaran la indemnización en el mismo momento del despido (on ingresarla en 48h en una cuenta del juzgado) ya hace que tu despido sea improcedente, con lo que puedes cobrar mucho dinero si demandas inmediatamente, porque el plazo es de 20 días hábiles (quitando sábados, domingos y festivos) desde tu último día de trabajo. Desde el 31 de mayo han pasado sólo 15 días hábiles. Ganarás el juicio y entonces la empresa tendrá que pagarte tus salarios completos de junio, julio... hasta el día de la sentencia. De estos salarios de tramitación podrán descontar lo que estés cobrando en tu nuevo empleo y que puedan demostrar. ¿Cómo no pueden demostrar lo que estás cobrando sólo te podrán descontar 600? Por mes de salario mínimo. Entonces la empresa tendrá que readmitirte en tu puesto, con tu misma antigüedad y salario y funciones, o bien confirmar el despido y pagarte la indemnización (que será más alta porque contarán más meses) aparte de los salarios de tramitación.
Como saben que estás trabajando, probablemente opten por la readmisión, para ahorrarse la indemnización. Si prefieres volver a esa empresa, estupendo. Si no quieres volver entonces tienes que calcular si esos salarios de tramitación (cuenta unos 3 o 4 meses, quitando 600 euros de cada mes) son mayores que la indemnización.
Si no son mayores y no quieres volver entonces no pongas esa demanda. En ese caso puedes poner una simple reclamación de cantidad, para que te paguen el importe de la indemnización. En cualquier momento puedes cobrarles lo que te deben mediante un proceso de reclamación de cantidad, que se inicia en el UMAC mediante un acto de conciliación. Puedes reclamarles cualquier deuda de los 12 meses anteriores a la fecha en que lo inicies. Para este proceso no necesitas abogado, pero puedes conseguir uno de oficio gratis en el colegio de abogados o bien acudir a un sindicato. Puestos a reclamar que te revise bien las últimas 12 nóminas alguien que no sea de la empresa ni de la asesoría que se las hace, porque es muy probable que hayas estado cobrando menos de lo que dicen las tablas salariales actualizadas del convenio aplicable. En ese caso le puedes cobrar toda la deuda en el mismo proceso. Además, en la demanda puedes meterles intereses por mora. Por tanto si la empresa te debe dinero míralo como si lo estuvieras metiendo en el banco con intereses. Pero tienes que iniciar el proceso cuanto antes.
Lee este artículo sobre cómo seleccionar abogado (incluso gratis) para casos laborales.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas