No se mi antigüedad real

Hola,
antes de nada quisiera exponerle mi caso, llevo trabajando en la oficina de ventas de una promotora constructora desde el año 97 (convenio de la construcción), a lo largo de estos años me han hecho cuatro contratos de duración determinada y con finalización a la terminación de obra, con este último llevo desde Dic.2003, el primero esta a nombre de una empresa y el resto (desde feb.1999) a nombre de otra, sin embrago entre la finalización de uno y el comienzo de otro siempre dejaron 3,4 días de diferencia, es decir, si un contrato acababa el 28 de nov. El siguiente empezaba el 02 de Dic., el contrato indica que presto los servicios como administrativo con la categoría de aux. Administrativo, además hay un cláusula adicional que dice que puedo prestar mis servicios en los distintos centros de la empresa ubicados dentro de la provincia.
Están habiendo muchos despidos en la empresa y quisiera estar preparada, espero estos datos le sean suficientes para poder aclararme cual es mi antigüedad real, la nomina dice Dic.2003, ¿es eso así?, ¿Y el resto de los años? ¿En caso de despido que fecha se tendría en cuenta? Le agradecería que me lo aclarara.
Un saludo,
Gracias.

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En caso de despido la empresa que diga lo que quiera en la carta, pero tu antigüedad real es desde el primer día del primer contrato (seguramente las dos empresas son del mismo dueño). Se trata de contratos sin causa válida de temporalidad. Lee este artículo sobre los contratos temporales en fraude de ley. La mejor prueba es que los muy g... han puesto la cláusula esa de que puedes prestar servicios en cualquier centro de la provincia, cuando si fuera cierto que eres un administrativo vinculado a una obra determinada solo podrías trabajar en las tareas relacionadas con la administración de esa obra y obviamente en el centro más cercano a ella. La realidad es que tu has hecho el trabajo general de administración de la empresa y por eso tu contrato realmente es indefinido.
Obviamente si la empresa te quiere despedir te comunicará un fin de contrato temporal. Entonces tú tendrás que demandar por despido improcedente en el plazo de 20 días desde tu último día de trabajo.
Muchas gracias por responderme tan rápido y aclararme esta duda que en los tiempos que corren pueden llegar a quitarme el sueño, sepa además que aunque espero no tener que llevarlo a la práctica tomaré su consejo y no seré el empleado tonto que se cree todo lo que cuenta Pepe. Un saludo.

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