Entrega partes de baja it

Movilizada, la cuestión es:
Eestando de baja por i.t. Común, la empresa ha incumplido el obligado pago delegado, y vamos a solicitar a la mutua el pago directo,
¿Sabes a quién hay que seguir llevando los partes de confirmación de la baja?
¿Se puede negar la mutua al pago directo?
¿Y entonces, que habría que hacer?

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La prestación corre a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social o empresa autorizada para colaborar en la gestión. El INSS o la Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la seguridad social, en su caso, son responsables del pago directo del subsidio en caso de que el empresario incumpla el pago delegado
la inspección de trabajo y la seguridad social es competente para conocer del incumplimiento de pago delegado, esta catalogado como infracción grave con multa pecunaria para la empresa, y tu podrás reclamar a la entidad gestora el abono de la prestación. Por lo tanto debes denunciar este incumplimiento ante la inspección de trabajo para que se levante acta de la infracción y solicitar a entidad el pago directo, no pudiendo esta negarse.
Te adjunto un modelo oficial de la solicitud de pago directo.
Espero que la información sea de utilidad, si aun así te surge alguna duda siempre puedes volver a consultar. Caso contrario, ruego cierre la pregunta y valore.
Disculpa no se adjunto el documento. En tal caso te adjunto la dirección donde puedes descargarte uno similar. A efectos de que puedas ver la documentación que te solicitan y los datos a rellenar.
http://www.fremap.es/pdf/formularios/solpagodi.pdf
Gracias, movilizada, una aclaración más:
Si solicito el pago directo a la mutua, ya que la empres no me paga, entonces...
¿A quién llevo los partes de confirmación de mi baja por i.t.?
Dices que la mutua no puede negarse al pago, al tener concertada con la empresa las contingencias comunes, pero dos cosas:
1) ¿Cuánto tiempo tarda la mutua en contestar a mi petición de pago directo?
2) ¿Desde cuándo me tiene que pagar, desde que reclamo o desde que la empresa dejó de hacerlo?
Otra cosa, quiero solicitar al inss cambio de contingencia de mi i.t. común, para que la reconozcan como accidente de trabajo, porque todo lo que tengo es derivado de conflicto laboral:
¿Cuál es el procedimiento?
¿Qué me aconsejas?
Gracias por todo
Los partes se presentan ante la mutua, el plazo exacto lo desconozco pero supongo que será como máximo 15. Deben asumir el pago desde el momento en que dejo de hacerlo la empresa. Realmente la obligación de pago es de la mutua la empresa sólo tiene obligación de hacer el pago delegado.
Si quieres solicitar que se reconozca como accidente laboral, tendrás que demostrar la relación que existe entre el motivo de tu baja y el trabajo. Y solicitar su reconocimiento ante la inspección del trabajo.
Yo te aconsejo por supuesto que imputes la baja a la causa real, quiero decir, si ha sido derivado de un accidente laboral que así se reconozca y si es enfermedad derivada del trabajo y no esta catalogada como tal que pidas el reconocimiento.

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