Días preaviso

Hace un mes cambie de empresa. El problema es que no pude dar los 15 días de preaviso. Como coincidió a final de mes pues cobre la nomina antes de que hicieran el finiquito. Y ahora resulta que me quieren descontar 11 días de la nomina. ¿Por lo que el finiquito sale negativo y tengo que pagar a la empresa 400?.
¿Esto realmente es así?
Si yo trabaje todo el mes, no me correspondería todo el mes, ¿sin qué me quiten los 11 días de preaviso que no pude dar?

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Los días de preaviso no son siempre 15 ni son los que diga en tu contrato. Son los que diga en el convenio. El descuento de días por falta de preaviso sólo se puede hacer si lo autoriza el convenio. Por otro lado, aunque lo autorice, el Estatuto de los Trabajadores prohíbe las multas económicas, por tanto el descuento sólo lo pueden hacer si la falta de preaviso les ha producido un perjuicio económico real. Por supuesto es la empresa quien tiene que demostrar que hubo perjuicio y no el trabajador quien tiene que demostrar que no lo hubo. Por tanto si quieren que te demanden. Es un procedimiento de reclamación de cantidad, el mismo que cuando el trabajador demanda a la empresa, para el que no necesitas abogado ni procurador ni hay condena en costas. Si te demandan, en el juicio pediría que la empresa aportara:
1- Las altas y bajas, para que prueben que el puesto ha estado sin cubrir todos los días que pretenden descontar.
2- Ofertas de empleo cursadas al INEM, anuncios insertados en prensa, es decir, que demuestren que han intentado cubrir el puesto y no han podido.
3- Testigos que declaren que las funciones del puesto no las ha hecho otro empleado.
4- Pruebas documentales de que al estar el puesto sin cubrir ha habido un perjuicio económico igual o superior a la cantidad que se pretende descontar.
En el peor de los casos pierdes el juicio y pagas la deuda, pero nada más, pero dudo que lo perdieras.
Hola,
gracias por la rápida respuesta.
Tengo que preguntar cual es el convenio que tienen.
Pero según los puntos que has descrito no han tenido ningún perjuicio. Ya que yo me fui el ultimo día de abril (jueves 30) y otra persona entro el primer día de mayo (lunes 4). Con lo que el puesto ha estado cubierto en todo momento.
Gracias y un saludo.
Pues nada, sin perjuicio demostrado no hay descuento, porque supondría un enriquecimiento ilícito por la empresa. Por tanto ya te da lo mismo el convenio que sea y que autorice los descuentos o no.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.
Muy bien, muchas gracias por todo.
Entiendo que por mi parte no tengo que hacer nada. Si ellos quieren denunciarme, lo tienen que hacer ellos.
Lo dicho, gracias y un saludo.

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