Reconocer el desplazamiento en transporte público

Me contrataron y luego me hicieron fijo y no tenía carnet. Ahora me mandan 3 veces a la semana lejos del centro de trabajo y tengo que desplazarme en transportes públicos. Mi empresa solo reconoce como tiempo de trabajo el tiempo de desplazamiento como si anduviera en coche. ¿Es legal esto? ¿Hay sentencias en estos casos?

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Por supuesto que no es "legal" y no hay ninguna sentencia que apoye a la empresa. Supongo que lo harán porque los demás empleados ponen su coche; pero se les "olvida" que el coche es material de trabajo (si es que es necesario para trabajar), por lo que tiene que ponerlo la empresa. Si la empresa no tiene coche, aún así te puede desplazar donde quiera, pero siempre pagándote los gastos de transporte y dentro de tu jornada de trabajo, de forma que se lo monten como quieran, pero a tu hora de salida debes estar de vuelta en la empresa y toda hora de más es una hora extra que deben pagar según el porcentaje de incremento que diga en el convenio. Si no les gusta, que compren un coche o que tu jefe te deje el suyo; o que te despidan... pagando despido improcedente.
Gracias por la respuesta, pero tengo que aclarar un poco más. Nuestra empresa pone coches - hasta 3 - pero como he puesto, no tengo carnet, y lo sabían. Para llegar a una empresa para dar clases me cuesta 3 horas en transporte público, pero solo reconocen 1 hora lo que necesitaría si fuera en coche. El transporte si me pagan pero no el tiempo necesario del desplazamoento. Para decirles que me tienen que reconocer todo el desplazamiento necesito algo por escrito para mostrárselo. ¿Existe algo por escrito?
Gracias de verdad!
Es que no se trata de un problema de transporte. Se trata de un problema de lugar de trabajo y de jornada de trabajo. Tu lugar de trabajo es la sede de la empresa que te contrata; eso segurísimo. Nunca puede ser la sede de otra empresa. Es decir, que se supone que si entras a las 9, a las 9 llegas a la empresa. Desde allí, ya con tu jornada iniciada, vas a dar clases a donde te digan, y tu jornada finaliza cuando vuelves a la empresa desde el lugar de desplazamiento. Si la empresa sólo tiene 3 coches es su problema. Si tu no tienes carnet también es problema de la empresa, porque como profesor no tienes obligación alguna de tener carnet y por tanto no puede existir el despido ni la finalización objetiva de contrato por ineptitud basándose en eso.
Tú no tienes que demostrar nada a la empresa y hay cosas en derecho laboral que son obvias. Con los billetes del transporte, que demuestran las horas a las que lo coges y lo que dura el viaje, y junto con la documentación del curso, en la que figura tu nombre como profesor y el lugar donde se da, podrás exigirle a la empresa perfectamente que te pague esas horas de trabajo mediante una demanda de reclamación de cantidad. Entonces serán ellos los que tengas que explicarle al juez esa curiosa teoría de que sólo pagan una hora de transporte. Son ellos los que tienen que demostrar que tienen derecho a no pagarte, no tú el que tiene que demostrar que tienes derecho a cobrar. No tienes que discutir con la empresa ni poner la demanda ahora, la puedes poner hasta dentro de 12 meses, porque sólo se pueden cobrar las deudas de 12 meses atrás. Por tanto ve acumulando esas pruebas, y cuando te finalicen el contrato les pasas la factura en forma de demanda.
No olvides puntuar y finalizar la pregunta.

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