" Accidente de trabajo"

Por favor que alguien me responda estas dudas: Mi hermano esta de baja por la mutua en el parte pone accidente de trabajo ya que conducía un dumper y lo que tiene es una "hernia del disco intervertebral L4-L5 de aspecto global que produce una conpresión sobre canal dural y una obliteracion de ombos agujeros de conjunción". Mi pregunta es deltotal que el percibe son 605,53 y al estar de baja percibe 469,63 trabajaba 7 horas ¿es eso legal no percibir el 100* 100 de su nomina?. Gracias
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Si tu hermano esta dado de alta laboral en la empresa debe de cobrar el 100% que son los 605,53 euros, pero por la otra cantidad que dices que le paga la mutua creo sino me equivoco corresponde al 75% de los 605,53. Por lo que si ya la empresa lo despidió es correcta la cantidad que cobra.
Te explico cuando estas de baja por accidente de trabajo y sigues dado de alta en la empresa donde se produjo el accidente la cantidad a percibir es del 100% porque el 75% lo paga la mutua que es la aseguradora del accidente y el 25% la empresa.
Si ya no estas dado de alta en la empresa y te paga la mutua solo te paga el 75% que creo que es la cantidad que estas cobrando.
Gracias por la respuesta oc58 pero te diré que el tiene contrato de un año y le finaliza en el mes de octubre el firma sus nominas cada mes no esta despedido,¿puedo informarme en la empresa? Es el ayuntamiento del pueblo.yel que le paga puede ser que tengan alguna clausula y por eso le paguen el 75% gracias por todo.
Perdona porque creo que te informe mal, yo pensaba que eso era como te lo explique por que ami me lo explicaron así, yo también tengo una hernia en la misma zona estoy operado y cuando la empresa me dio de baja deje de cobrar el 100% y después me pagaba la mutua el 75%.
Ahora he consultado la ley general de la seguridad social y en el articulo 131.1 dice lo siguiente:
1. El subsidio se abonará, en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, estando a cargo del empresario el salario íntegro correspondiente al día de la baja.
Esto quiere decir que si que tienen que pagarle el 100% el empresario así que si el día que tuvo el accidente cobraba los 605,53 tienen que pagarle eso, de todas las maneras mira la nomina haber que hacen con el resto del dinero y reclama el otro %.
Bueno espero que me perdones y que si ya tienes clara la pregunta la cierres y la puntúes.

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