Una pregunta sobre los derechos en hostelería

Buenas. Estoy trabajando en un restaurante y no se que derechos tengo. Tengo un contrato fijo de 8 h .normalmente trabajo más de 40 h semanales(60 oras más o menos) y no gano más que la nomina.en fiestas trabago y no me dan nada ni me devuelven los días. Las pagas extras me dices que van incluidas en la nomina.con las vacaciones tampoco entiendo lo que pasa... ¿me da 30 días pero solo 10 puedo coger cuando quiero.es verdad que los días libres cuentan como días de vacaciones? Ahora tengo que firmar el contrato fijo y quisiera decirle todo esto pero estoy más que segura que me dirá el típico *si no te gusta te puedes ir*.si le pregunto algo... Me contesta que se lo tiene que preguntar a su gestor. ¿Qué puedo hacer? Muchar gracias

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Yo lo primero que haría antes de todo seria firmar ese contrato indefinido antes de poner en alerta al jefe sobre lo que piensas hacer. A partir de ahí lo que tienes que hacer es conseguir el convenio colectivo aplicable y regirte por lo que el dice.
En principio sobre los temas que comentas:
-La horas extras son voluntarias, seguramente en tu convenio ponga que son 40 semanales. Pues ya esta, ahí lo tienes. Si no quieres hacer horas extras no las hagas y menos si no te las paga. Por supuesto si no te las quiere abonar te las ha de dar en descanso equivalente antes de que transcurran 4 meses desde la realización.
-Sobre las pagas extras. Te digo lo mismo tienes que remitirte al convenio colectivo. Ahí
vendrán todos los conceptos que la empresa te ha de pagar, también en concepto de paga
extra. Posiblemente las tengas prorrateadas en la nomina. Normalmente casi todos los con-
Venio permiten el prorrateo.
-Sobre las vacaciones, todos los trabajadores tenemos derecho a 30 días de permiso va-
Cacional retribuido. En principio el estatuto dice que ha de ser de mutuo acuerdo y que el
trabajador debe conocerlas con dos meses de antelación. Puede que en tu convenio diga
algo más. Como ya te he dicho hay que remitirse al convenio que para eso esta. Por supuesto
los días libres o de libre disposición no cuentan como vacaciones.
Por lo tanto mi consejo es que te hagas con el convenio colectivo aplicable y te lo revises
de arriba a abajo que te sacara de muchas dudas.
Muchas gracias por la respuesta. Lo que me dijo me dio mucha fuerza. Ahora lo que no se es donde puedo encontrar el convenio colectivo... pero de todas formas le adradesco mucho por atenderme tan rapido. Un saludo

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