Contingencia por dictamen EVI. ¿Dar el alta sin curar?

En febrero de 2008 sufrí un accidente en el hombro que la mutua de trabajo no quiso aceptar como tal, alegando artrosis.
Con una ecografía y la valoración de una exploración medica hecha por inspección de la Seguridad Social, hice un cambio de contingencias.
El EVI (equipo de valoración de incapacidades) dictamino que mi incapacidad era de carácter profesional y se debía a la contingencia de accidente de trabajo.
La mutua de trabajo ha aceptado el dictamen y ha hecho una resonancia del hombro, pero ahora quiere darme el alta por qué dice que ya no ven secuelas de dicho accidente, aunque reconocen, eso sí, que no estoy en situación de realizar mi trabajo habitual debido al mal estado del hombro.
Según el traumatólogo de la mutua, tendrían que ponerme una prótesis en el hombro, cosa poco recomendable, pues quizás quedara peor en cuanto a movilidad de como me encuentro actualmente y que si el dolor es esporádico y no cosntante, y además puedo mantener cierta calidad de vida en ese estado, lo mejor sería pasar un tribunal, pero eso sí, no por el accidente que como he dicho, dicen no ver secuelas, si no por artrosis degenerativa, o sea por la Seguridad Social.
Como usted puede ver, no creo que puedan darme el alta por curación ni siquiera por mejoría, pues, en ningún momento han tratado mi lesión ni me han suministrado rehabilitación alguna.
Es por eso que hasta el momento actual no he recuperado la fuerza y ni la movilidad de la cual disfrutaba antes del accidente.,(llevo algunos días más de 11 meses de baja, 1º por la Seguridad Social y cuando vino el dictamen del EVI. Por la mutua desde el primer día del accidente de trabajo )
He ido al medico de cabecera y le he contado todo esto. Me ha dicho que no pueden actuar así, pero si la mutua me da el alta, él no podría darme el parte de baja por ese hombro, pues para él es problema de la mutua. Yo tengo entendido, no solo que puede, sino que debe darme el parte de baja, su negativa a hacerlo podría llevarme a una situación de desprotección que como beneficiario de la Seguridad Social no puede ocurrir, pues es contrario a los principios de dicha Seguridad Social.
Por lo tanto. ¿Puede darme de alta la Mutua si no estoy curado?
y si es así, ¿Puede el medico de cabecera negarse a extenderme el parte de baja?
En tal caso ¿qué debo hacer? Pues creo que si no estoy de baja no puedo pedir un nuevo cambio de contingencias para que el EVI revise la situación actual del caso. ¿Estoy en lo cierto?
Espero pueda darme una respuesta a todas mis dudas y preguntas y quiero agradecerle de antemano el tiempo y el esfuerzo que pueda dedicar a mi asunto. MUCHAS GRACIAS.
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2 Respuestas

Respuesta
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A pesar que tu pregunta me llego un tanto defectuosa, puedo colgir que estas sufriste los perjuicios de una enfermedad profesional, se consideran Enfermedades Profesionales aquellas que son producidas en el ámbito o por causa del trabajo.
El sistema reconoce una lista de enfermedades que se identifican a través de agentes de riesgos, cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas enfermedades. Ahora bien si tu empresa no te las reconoce debesarmarte de todas laspruebas y estudios médicos que acrediten la misma y que te darán mucha seguridad jurídica a la hora de encarar el futuro juicio.
Asimismo como primera medida debes intimar fehacientemente ya sea por carta documento o telegrama obrero a tu patrón y a Su Aseguradora de Riesgos de Trabajo si la conoces, sino no es necesario, en el momento del juicio, el sólito se encargara de traerla al proceso como citada en garatia para que responda.
Así las cosas, intimalos a que te reconozcan tu enfermedad y solicita un monto de indemnización, una vez cumplido esto seguramente ellos seguirán en su postura reticente, no se harán cargo, y vos deberás ir a un abogado a que inicie tu juicio donde seguramente se acredittaran las cosas y tu resultado sera netamente favorable.
       Así que ten paciencia, dale hacia adelante que el derecho esta de tu lado
                                           Saludos y estoy a tu disposición, humberto
Por lo que puedo observar en la contestación a la pregunta que hice anteriormente no le llegó toda la información que yo escribí, por lo que se la redactare de nuevo.
En febrero de 2008 sufrí un accidente en el hombro que la mutua de trabajo no quiso aceptar como tal, alegando artrosis.
Con una ecografía y la valoración de una exploración medica hecha por inspección de la Seguridad Social, hice un cambio de contingencias.
El EVI (equipo de valoración de incapacidades) dictamino que mi incapacidad era de carácter profesional y se debía a la contingencia de accidente de trabajo.
La mutua de trabajo ha aceptado el dictamen y ha hecho una resonancia del hombro, pero ahora quiere darme el alta por qué dice que ya no ven secuelas de dicho accidente, aunque reconocen, eso sí, que no estoy en situación de realizar mi trabajo habitual debido al mal estado del hombro.
Por lo tanto yo creo que no me pueden dar el alta por curación ni siquiera por mejoría, pues, en ningún momento han tratado mi lesión ni me han suministrado rehabilitación alguna.
Es por eso que, hasta el momento actual no he recuperado la fuerza y ni la movilidad de la cual disfrutaba antes del accidente.
He ido al medico de cabecera y le he contado todo esto. Me ha dicho que no pueden actuar así, pero si me dan el alta, él no podría darme el parte de baja por ese hombro, pues es cosa de la mutua.
Yo tengo entendido, no solo que puede, sino que debe darme el parte de baja, su negativa a hacerlo podría llevarme a una situación de desprotección que como beneficiario de la Seguridad Social no puede ocurrir, pues es contrario a los principios de dicha Seguridad Social.
Por lo tanto. ¿Puede darme de alta la Mutua si no estoy curado?
y si es así, ¿Puede el medico de cabecera negarse a extenderme el parte de baja?
En tal caso que debo hacer pues creo que si no estoy de baja no puedo pedir un nuevo cambio de contingencias para que el EVI revise la situación actual del caso.
Espero que esta vez le llegue bien mi pregunta y le vuelvo a dar las gracias de antemano.
Igualmente la respuesta que te brinde anteriormente es la aplicable para tu caso, debes intimar a la mutua bajo apercibimiento de denuncia, ellos no pueden hacer eso, mándales una carta documento. Y con respecto a tu medico de cabecera ç, pasa más por una cuestión profesional de el, ahí poco puedo hacer, el puede negarse lógicamente, desconozco tu relación con el pero podrìasir a otro, igual el no es el problema, ocupate de tu empresa y la mutua quienes son los que verdaderamente vulneran tus derechos
Aunque todavía me queda la duda de si puedo quedarme desprotegido por la Seguridad Social, y si puedo o no, volver a recurrir al EVI. Quiero expresarle mi agradecimiento por el esfuerzo y el tiempo que altruistamente usted ha dedicado a mi asunto. GRACIAS.
Respuesta
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Simplemente debes ir a la inspección médica y poner una denuncia, y que sea esta la que te oriente y se ponga en contacto con ambos médicos.

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