Tengo un contrato fijo de obra. Empecé en esta empresa en una obra que ya concluyo y ahora estoy en otra que debido a la crisis esta parada, el caso es que me llamaron para firmar el boletín de preaviso de fin de contrato en el cual figuraba la obra que ya terminó. Por otro lado estoy embarazada de 3 meses. ¿Qué me corresponde, que debo firmar y que debo aceptar?. Gracias por adelantado.
En principio tu contrato temporal esta en fraude de ley a todas luces por el hecho de haber estado trabajando en distintas obras. La prueba la tienes en que te quieren hacer firmar el preaviso de la obra inicial para la que fuiste contratada. La consecuencia de esto es que ya eres indefinida por la vía de los hechos y que se trata de un despido y no una finalización de contrato por obra o servicio. Por lo que te aconsejo que si firmas la carta que te entregaron lo hagas añadiendo la coletilla de "no conforme" y poniendo la fecha real de entrega al lado de la firma. A partir de ese momento tienes 20 días para impugnar el despido ante la autoridad laboral competente(SMAC, jugado de lo social correspondiente)pidiendo la NULIDAD del mismo. Te aconsejo que busques la asesoría profesional del gabinete jurídico de un sindicato o un abogado laboralista de confianza para poner en marcha el proceso. A partir de ahí pueden pasar dos cosas: -La empresa te readmita por que no puede probar las causas económicas para rescindir la Relación laboral, el juez declara la nulidad del despido y por que el despido es improcedente y como estas embarazada se convierte automáticamente en nulo. Readmisión y abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta el día de la readmisión(o dicho de otro modo como si no fueras sido despedida). -La empresa realmente puede probar las causas económicas del despido para asegurar la viabilidad de la empresa. Te corresponde una indemnización de 20 días por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades. En este caso si la empresa deposita la indemnización durante las 48 horas posteriores al despido no se generan salarios de tramitación. Y por supuesto derecho a paro. Finalice y puntúe sino tiene más dudas.