Baja por depresión

Hola, quisiera saber como se valoraría una baja por depresión debido al trato vejatorio en el trabajo, ¿cómo enfermedad común o como accidente laboral? ¿Y cómo habría que demostrarlo?

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Un accidente, para ser no laboral, es la empresa quien ha de demostrarlo, en caso de enfermedad profesional, si no está recogida en la evaluación de riesgos de tu puesto de trabajo eres tu quien ha de demostrarlo.
Si está recogida simplemente hasde solicitar la baja por ese motivo, si te la niegan y tu medico de cabecera te la da, al estar reconocida se realizará automáticamente a través de la S.S. una reclamación de contingencias a la mutua.
Lo que obviamente no te puedo decir es con exactitud cómo, en tu caso, por no conocerlo, pero siempre puedes buscar testigos, notificaciones anteriores al empresario de que sufre estrés y no ponen remedio, etc.
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Desgraciadamente todavía no esta contemplado como accidente profesional y/o laboral la baja por depresión, por lo que puedes seguir de baja pero como enfermedad común.
Ademas te recuerdo que ahora los despidos improcedentes se producen mucho sobre todo con bajas por depresión.

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