Cambio de departamento estando embarazada

Quería realizarle una consulta. Actualmente trabajo subcontratada en una empresa cliente a través de una empresa de servicios. Llevo en la empresa de servicio casi 4 años y medio, todos ellos trabajando en el mismo cliente. Los tres primeros años tuve contrato de obra y servicio, posteriormente a los tres años me hicieron indefinida.
Al mes de gestación notifique a mi jefe en el cliente por escrito que me había quedado embarazada. Al cabo de un mes aproximadamente después de la notificación me reunió en privado un viernes para notificarme que la semana siguiente me iban a cambiar de departamento a 50 kms de distancia de mi domicilio. Y eso, estando embarazada.
Me comento que se trataba de algo temporal, alegando debido a la crisis, con lo que yo le comente si al ser algo temporal no podía enviar a algún compañero que viviera en la zona (que los hay) algo que beneficiaria a esa persona, por distancia, la misma que a mi me perjudicaba. Me dijo que no, que tenia que ir yo y solamente yo (cuando mi profesión la puede desempeñar cualquier persona, por tener todos los mismos conocimientos).
Esta noticia tan repentina me ocasiono un cuadro de ansiedad que perjudico severamente mi embarazo, intensificando los síntomas y más en el primer trimestre de gestación. Para mi que eso fue una clara prueba de mobbing maternal, ya que solamente yo era la perjudicada en todo el departamento. Actualmente estoy de baja debido a mi incapacidad para afrontar el día a día debido a los síntomas de embarazo que me ellos me provocaron.
Tengo entendido que los cambios de ubicación deben ser notificados por escrito con una antelación de 30 días. Además, mi jefe, habiendo sido informado previamente de mi estado de embarazo por mi parte, debía haberse cerciorado de que mi puesto de trabajo al que me enviaba no era de riesgo. Solamente la propia distancia del domicilio al nuevo puesto quintuplicaba la distancia que venia haciendo hasta ese momento desde mi domicilio actual hasta el puesto de trabajo que tenia. Considero que más que disminuir el riesgo lo aumento.
En caso de problemas, ¿a qué tengo derechos? Tanto a nivel de la empresa cliente como de la empresa de servicios que me paga.

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Obviamente está buscando que dejes la empresa, como bien sabes. Lo primero es que todos los traslados o desplazamientos son por escrito y cabe recurso ante ellos porque tienen que ser por razones justificadas que tendrán que demostrar en el juzgado. Obviamente el juez no es gilipollas y anulará el traslado o desplazamiento. Por tanto:
1- Mientras que no te ordene nada por escrito NI PUTO CASO. Si tiene cojones que te despida, que será despido nulo por estar embarazada. Alegará desobediencia ante una orden, pero como no hay orden (no hay escrito) tú en el juicio lo niegas y ya está.
2- Si te la da por escrito podrás poner la demanda oponiéndote. Si ganas se anula. Con la prueba del escrito de comunicación del embarazo ningún juez se tragará la necesidad de ese traslado
Por supuesto la empresa que te tiene que trasladar es la empresa que te paga, la empresa de servicios. La empresa cliente no es quien para hacerlo y si lo hace está poniendo por escrito que realmente eres trabajadora de la empresa, con lo que estaríamos ante una cesión ilegal de trabajadores, que te daría derecho a demandarlo y a conseguir contrato indefinido con la empresa cliente con toda la antigüedad, incluyendo el primer contrato temporal, porque con toda seguridad estaría en fraude de ley. Sobre esto puedes leer en mi web.
Antes de nada agradecerte la aclaración. Me has dejado totalmente sorprendida con lo de que la empresa que me tiene que trasladar seria la empresa que me paga, eso si que no lo sabia. ¿También seria válido esto aunque en mi contrato con la empresa de servicios marque que el lugar de trabajo es el domicilio del cliente? Quiero decir, si es el domicilio del cliente y no especifica que domicilio es, ¿entiendo qué puede ser cualquiera no? Es la duda que me ha surgido.
Otro tema que me queda por aclarar ahora es el cobro de la prestación de la Seguridad Social. Según la ultima nomina recibida por mi empresa de servicios, me han calculado el 75% de la base reguladora (según ellos, es el salario del mes anterior a la baja) pero el otro 25% restante que debería pagarme la Seguridad Social, no lo he cobrado.
No se si debe ir incluido todo dentro de la nomina y luego entre la empresa y la Seguridad Social ya se apañarían o debo recibir dos ingresos distintos, una por el 75% y otro por el 25% restante. Mi convenio marca que me han de pagar el 100%.
¿Podrías explicarme por favor como funciona esto? Simplemente me gustaría estar preparada para lo que pueda pasar...
Y muchas gracias por tus aclaraciones, me ayudan mucho.
Pues no, no puede ser cualquiera. Tu lugar de trabajo es el que tienes ahora, aunque no lo diga en el contrato textualmente.
Lo otro es otra pregunta distinta. Debes finalizar esta e iniciar otra pregunta.

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