Reclamación de cantidades
Hola buenas tardes:
Llevo 27 años en mi empresa, siempre he tenido la misma categoría profesional, pero en una pregunta anterior el experto me dijo que revisara todas mis nominas, lo hice y resulta:
Que en mi convenio(comercio), me pone lo siguiente
Articulo 21: auxiliares administrativos
Los auxiliares administrativos caso de no existir vacante de oficial administrativo que no les permita su ascenso a atales categorías y con una antigüedad mayor de cuatro años der servicio en la empresa pasaran a percibir los salarios establecidos de oficial administrativ. Este personal al cumplir los 10 años de antigüedad en la empresa, pasaran automáticamente a oficiales administrativos.
Articulo 17: premio por permanencia en la empresa:
Aquellos trabajadores que alcancen en su empresa los 20 ó 35 años de antigüedad, les será abonada la cantidad equivalente a media paga y una paga respectivamente, del salario base convenio, esto es, sin inclusión de complementos salariales ni prorrateos de extraordinarias. Todos los productores que a la entrada en vigor del presente convenio (2004) tengan cumplidos los referidos años de servicio en la empresa y no hayan recibido los citados premios se les abonará el corresponde a partir de la publicación del presente -convenio en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia.
Mi duda es, nunca me han subido de categoría, y jamas me han pagado este premio.
¿Los puedo reclamar?
Jamas he mirado nada antes, pero la situación en mi trabajo esta un poco difícil, ni me miran ni me hablan, por porponerme cosas que yo no he querido, hasta me dicen que mi presencia allí, no es grata.
Muchas gracias
Llevo 27 años en mi empresa, siempre he tenido la misma categoría profesional, pero en una pregunta anterior el experto me dijo que revisara todas mis nominas, lo hice y resulta:
Que en mi convenio(comercio), me pone lo siguiente
Articulo 21: auxiliares administrativos
Los auxiliares administrativos caso de no existir vacante de oficial administrativo que no les permita su ascenso a atales categorías y con una antigüedad mayor de cuatro años der servicio en la empresa pasaran a percibir los salarios establecidos de oficial administrativ. Este personal al cumplir los 10 años de antigüedad en la empresa, pasaran automáticamente a oficiales administrativos.
Articulo 17: premio por permanencia en la empresa:
Aquellos trabajadores que alcancen en su empresa los 20 ó 35 años de antigüedad, les será abonada la cantidad equivalente a media paga y una paga respectivamente, del salario base convenio, esto es, sin inclusión de complementos salariales ni prorrateos de extraordinarias. Todos los productores que a la entrada en vigor del presente convenio (2004) tengan cumplidos los referidos años de servicio en la empresa y no hayan recibido los citados premios se les abonará el corresponde a partir de la publicación del presente -convenio en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia.
Mi duda es, nunca me han subido de categoría, y jamas me han pagado este premio.
¿Los puedo reclamar?
Jamas he mirado nada antes, pero la situación en mi trabajo esta un poco difícil, ni me miran ni me hablan, por porponerme cosas que yo no he querido, hasta me dicen que mi presencia allí, no es grata.
Muchas gracias
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Respuesta de manucris
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