Despido ¿Tienen razón?

Hola, buenas tardes;
El viernes pasado les realicé una pregunta sobre el cobro de una indemnización con pagaré para septiembre 2008, la cual ya me fue contestada, ahora hoy lunes me indican que la indemnización por despido me la liquidarán a razón de 20 días por año, debido "a que no hay trabajo" Aunque el propietario no tiene intención de presentar suspensión de pagos, quiebran i insolvencia económica, quiere cerrar el negocio ninguno de los supuestos que menciono anteriormente.
Les agradecería me informarán de cuáles son mis derechos 20 ó 45 días de indemnización?
También me indican que como los viernes por la tarde no se trabaja, me liquidarán la mitad de mis vacaciones en el finiquito, esto se puede hacer?
En la carta de despido que circunstancias deben constar, pues la verdad esta semana me la van a presentar y estoy confuso.
Dándoles las gracias anticipadas, quedo a la espera de sus noticias.

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La indemnizaciond e 20 días es un despido objetivo (tiene que estar fundamentado por razones económicas, técnicas u organizativas) y los 45 es por despido imrpocedente.
Las vacaciones te las han de liquidar enteras (las que te correspondan), lo de los Viernes imagino que es porque vuestro calendario establece que los Viernes por la tarde no trabajáis (con tal de que hagas a la semana las 40 horas seria suficiente), así que no te cuenten historias,,,
Te recomiendo que una vez recibas la carta del despido, firmes como NO CONFORME y vayas al SMAC (servicio de mediación arbitraje y conciliación) para interponer papeleta de conciliación por despido improcedente (los 20 días como mínimo los tienes y has de intentar que te den los 45). Habrá un acto de conciliación y sino llegáis a un acuerdo habrá juicio donde tu jefe tendrá que demostrar PERFECTAMENTE que existen graves problemas económicos que obligan al despido objetivo.
Consulta con un sindicato o un abogado para que te echen una mano con los papeles

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