Baja voluntaria y paro

Hola, Voy a pedir baja voluntaria en mi empresa y tengo una propuesta para hacer un trabajo puntual para un ex jefe a continuación. Me gustaría saber ¿si tras terminar este trabajo puntual teria derecho al paro o si el hecho que haya pedido baja voluntario en el anterior trabajo es un impedimento par acceder a la prestacíon, aunque me depida o se termine el siguiente trabajo formalizado a través de un contrato a tiempo definido?
¿Qué tipo de contrato es el más adecuado para formalizar el nuevo trabajo, teniendo en cuenta que no durará más de 2 meses y me gustaría poder cobrar el paro tras su conclusión?

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Cualquier contrato de duración determinada en el que no te renovaran sería suficiente para cobrar la prestación por desempleo y se te añadiría el tiempo que has estado cotizando del trabajo anterior. Con tal de que no seas tu el que pide la baja voluntaria cualquier opción sería valida, incluso con un contrato de un mes
Hola, antes de nada muchas gracias por tu respuesta.
Te agradecería mucho me pudieras aclarar también ¿Cómo se demuestra o formaliza el cese voluntario del trabajo por no aceptar el traslado a un centro de trabajo en otra localidad o cambio en la jornada de trabajo?
http://www.inem.es/inem/ciudadano/prestaciones/pdf/GuiaSubsidioPerdidaEmpleo.pdf
Veo que es una de las situaciones que da derecho a cobrar la prestación del paro según información encontrada en la página del INEM, pero no encuentro nada sobre sobre como se debe formalizar este cese, o documentarlo, para que el INEM lo reconoza como válido para dar derecho a la prestación.
Se lo he consultado incluso con el INEM, pero la persona que me atendió dijo que ue desconicia que alguna baja voluntaria, por el motivo que fuera diera derecho a cobrar el paro
Tienes en parte algo de razón. Te explico: cuando a un trabajador se le quiere hacer una modificación sustancial de condiciones de trabajo (cambiar jornada, horario, funciones, etc) se requiere una comunicación por escrito por parte de la Empresa comunicando el futuro cambio en un plazo de 30 días. Si llegado ese plazo el trabajador no quisiera hacer ese cambio la empresa le podría despedir. Este sería un despido objetivo (indemnización de 20 días por año de salario) y daría lugar a la prestación por desempleo.
Con la carta de comunicación del despido o de la modificación sustancial junto con el certificado de empresa sería la documentación que se necesita para solicitar el paro

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