Readmisión

Buenas noches joseaf2, ya te he preguntado algo sobre el despido de mi hermano, y ahora me surgen nuevas dudas. Resulta que él, siendo socio al 33% de una empresa, el otro socio y Gerente, lo despide por mirar las cuentas de la empresa, y mi hermano lógicamente lo denuncia por despido improcedente. Llegan al acto de conciliación y no llegan a acuerdo, por lo que mi hermano demanda. Pues resulta que ahora al mes del acto de conciliación, le llega un burofax en el que admiten el despido improcedente y le instan a que en 3 días improrrogables se reincorpore a su puesto de trabajo. Mi pregunta es:
- ¿Tiene obligación de reincorporarse en esos 3 días?. Para evitarlo, ¿qué puede hacer?.
- ¿Puede seguir para adelante con el juicio para pedir la indemnización?, ya que como se reincorpore le van a hacer la vida imposible.
- Si se reincorpora, ¿los gastos de su abogado, los paga la empresa, o los tiene que pagar él?, ¿Se los puede reclamar a la empresa?
Muchísimas gracias por todo, es muy amable.
Un saludo.

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En mi opinión no tiene ninguna obligación de hacerlo, porque la empresa tuvo la oportunidad de reconocer la improcedencia en la carta de despido y en el acto de conciliación. Como es de suponer que en la carta decían que el despido era disciplinario pues ahora no pueden volverse contra sus actos. Pero que lo consulte con su abogado que para eso cobra. Además ese burofax es una prueba de mala fe por parte del empresario, que podría ocasionar que el juez le imponga el pago de costas, que es raro en los casos de lo social.
Si se reincorpora tendrían que pagarle los salarios perdidos desde el día del despido hasta el de la readmisión.
Perdona Joseaf2, pero por problemas no he podido acceder al ordenador y finalizar la pregunta. Ante todo muchísimas gracias por tu atención, pero perdona que abuse y ruego me aclares una duda, ¿lo de las costas sería también su abogado? ,y si no, , ¿Puedo solicitar que ellos abonen los gastos de su abogado?. Y otra cosilla, mi hermano se ha dado de alta como autónomo, pero en vez del autónomo de toda la vida es a través de una mutualidad de su colegio profesional hace un mes (aunque el pobre todavía no ha facturado nada), si tras el juicio se reincorpora, ¿le tienen que pagar esos salarios como tu dices, o el mes que esté en la mutua (también está de alta en el IAE correspondiente) no lo cobra por que se supone que estuvo trabajando?
Muchísimas gracias, y en cuanto reciba la contestación, no dudes que finalizo la pregunta.
Un saludo.
Atentamente. Isabel
Evidentemente las costas serían también las de su abogado. De los salarios de tramitación se le puede descontar lo que haya cobrado en otro trabajo, o en su caso lo que haya facturado.
www.laboro.es.gd
Muchísimas gracias es un gran profesional y una gran persona por la ayuda que ofrece.
De nuevo muchas gracias y un abrazo.
Atentamente. Isabel

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