Calculo de Finiquito

Hola, en primer lugar expondré mi situación:
- Hasta ahora he estado realizado teletrabajo desde casa comencé con un contrato de 3 meses por obra y servicio desde 09/09/2006 hasta el 31/12/2006 en enero del presente año me renovaron a un contrato de 6 meses que finalizaba el 31 de junio de 2007, posteriormente me hicieron una prorroga de 6 meses más que finalizaría el 31/12/2007.
- La pasada semana me comunicaron que la empresa cesaría mi la relación laboral conmigo porque según ellos el trabajo a realizar había finalizado, pero encontré ofertas de empleo de ellos mismos para mi puesto en internet publicadas el 31 de agosto.
--¿En primer lugar quisiera saber si el DESPIDO ES IMPROCEDENTE?
- Y en segundo lugar la CUANTÍA que me corresponde en FINIQUITO, teniendo en cuenta que mi sueldo ha sido de 600 euros mensuales, con las pagas prorrateadas, y he disfrutado hasta la fecha 13 días de vacaciones.
Gracias por anticipado.
Eva Plaza

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Le respondo a la 1ª pregunta, seria cuestión de impugnarlo, la ventaja seria obtener la indemnización por despido improcedente que son 45 días por año de servicio. Pero aun con todo la empresa le podría despedir si paga esta cantidad. Una buena prueba seria lo que Ud dice del anuncio en prensa.
Le agradezco mucho su respuesta al respecto, y no me importa demasiado que me despidan pero si quiero que al no cumplir con su palabra me indemnicen como les corresponde hacerlo, ya que en varias ocasiones han intentado "engañarme" con el sueldo, aunque felizmente por mis conocimientos he tenido la oportunidad de resolverlo sin mayores perjuicios.
Bueno digamos que nuestro derecho laboral es muy proteccionista, por ello la opción entre la indemnización o la readmisión corresponde a la empresa, si esta decidiera readmitirle (porque reconoce su error y no quiere pagarle) esta obligado a la readmisión, de lo contrario seria baja voluntaria, sin derecho a desempleo ni indemnización.

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