¿Cumple legítima? Estoy en Catalunya

Mi madre ha repartido la herencia así:
A mi hermana que tiene 1 hija y un hijo:medio piso para ella y el otro medio para su nieto+ el 2º piso para su nieta.
A mi (no tengo hijos): 1 parking.
Del dinero que hay en el banco a repartir en 4 partes iguales. Es decir:1 parte para mi hermana, 1 parte para mi y otras 2 partes para sus 2 nietos(hijos de mi hermana). ¿Este testamento está bien hecho? ¿Cumple la legítima? ¿Puedo reclamar más parte? ¿Mi madre puede dejar medio piso a mi hermana, a mi solo 1 parking, y a sus nietos: medio piso para uno y 1 piso entero para el otro? ¿Y el dinero de los bancos a repartir entre los 2 hijos y los dos nietos?. ¿Cumple con la legítima de Catalunya? ¿Puedo impugnarlo al no estar de acuerdo?

2 respuestas

Respuesta
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Para ello habría que conocer el valor de los pisos, del parking y el efectivo en cuentas pero por así, otorgando un valor de 150.000 euros a cada piso, 30.000 al parking, y 30.000 en cuentas corrientes, sí cumple con la legítima. Además la legítima se puede haber entregado en vida.

El valor de un piso es de 500.000€, el otro es de 200.000€, el parking es de 30.000€ y en cuentas corrrientes unos 60.000€.

Que parte me corresponde de estas cantidades como legitima en Cataluña?

Así por encima, salvo que en vida hubiera percibido otras cantidades o bienes, o por ejemplo hubiera convivido a cargo de ella, no cumpliría la legítima pero debería probar los valores del piso, etc, porque a fecha de hoy esos valores pueden no ser reales por el valor del mercado y entonces sí cumpliría.

La legítima se calcula a valor de mercado, no de tasación...

¿Los hijos ambos son de tu hermana?

Ambos hijos son de mi hermana.

Mi hermana económicamente ayuda a mi madre con unos 400E mensuales.Puede reclamarlo mi hermana para que tenga menos legitima.

Ambos hijos son de mi hermana.

Mi hermana económicamente ayuda a mi madre con 400€ mensuales. Pueden utilizarlo en mi contra?

El testamento sobre el parking que me ha dejado dice lo siguiente:

lega a su hijo....la plaza de aparcamiento...Establece sustitución vulgar y fideicomisaria del legado anterior a favor de la nieta testadora.....

Puede entonces deberse a que han establecido un préstamo en favor de tu madre y éste se paga en forma de bien finalmente, o bien al revés, tu hermana está comprando de alguna forma uno de los bienes mediante el pago mensual de 400 euros. Todo ello puede estar debidamente plasmado en un contrato.

¿Conoces los datos del testamento? ¿Sabes cuáles son las cláusulas que incluye? ¿O simplemente conoces que los bienes están repartidos así?

Porque quizás existe un reparto motivado por un pago anticipado de tu hermana a tu madre.

De todas formas, si no se cumple la legítima, y sin datos concretos va a ser difícil averiguarlo, sí que puedes reclamarla, no impugnando un testamento, porque el testamento supongo que está válidamente realizado, mediante notario, etc.

Respuesta

Las leyes en Cataluña son muy diferentes al resto de España. Tu madre está obligada a dejarles a sus hijos la cuarta parte de lo que tiene. Las tres cuartas partes las puede dejar a quien quiera: a los hijos, a los nietos o a la vecina o a la iglesia. No importa a quien las deje. Pero la cuarta parte se tiene que repartir obligatoriamente entre los hijos: tu hermana, tu, y los demás si los hubiera. No importa que le haya dejado a ella y sus hijos también el resto. Si sólo sois dos, tienes derecho a tu mitad de la cuarta parte, o sea una octava parte.

Las cantidades que has puesto suman 790.000, luego te correponderian bienes por valor de 98750€.

Pero tendrias que demostrar que ese es el valor real de la herencia y, como te han dicho en otra respuesta, tal vez tuy madre y tu hermana o tus sobrinos hayan hecho algun tipo de contrato.

Ten en cuenta que hoy dia algunos ancianos que poseen un piso, tienen pensiones muy bajas que no cubren sus necesidades. Hay empresas que firman con ellos contratos por los que les pasan una cantidad de dinero al mes a cambio de quedarse con su piso cuando mueran. Eso es perfectamente legal y puede ser beneficioso tanto para el anciano como para la empresa. Tu hermana podia haber firmado con tu madre algo así.

En cualquier caso tu no tienes dercho a nada hasta que tu madre muera. La herencia de una persona viva no existe, se convierte en herencia al fallecer.

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