Si el bien a heredar tiene una hipoteca

Por razones muy complejas y desgraciadas tuve que poner el piso a nombre mio y de mi marido (el avalador era mi suegro). Unicamente yo he pagado la hipoteca de mi piso desde el buen principio y la seguiré pagando hasta el 2021 si Dios quiere. Mi marido falleció dos años después de comprar el piso. Resulta que él tiene un hijo de un primer matrimonio al que dejó de ver cuando se separaron los cónyuges al cabo de un año escaso. La madre de su hijo le prohibió al padre verlo y después de varios intentos fallidos (yo misma intenté varias veces que los hermanos se conocieran pero su primera mujer nunca lo permitió) nunca más tuvo relación con este hijo (ni el propio hijo más adelante tampoco nunca quiso saber nada de él). Yo tengo una hija fruto de mi matrimonio con mi marido y resulta que pese a que mi marido fuera cotitular en la escritura del piso, nunca jamás ha pagado ni un duro sino que lo he pagado yo de una cuenta que está a nombre mía y de mi padre. ¿Es verdad que el hijo de su primer matrimonio tiene derecho al 25% del valor del piso o a la mitad cuando yo muera? ¿Es verdad que tendré que dar parte o la mitad del piso a un desconocido que siempre nos ha rechazado y que considero que de por ley y justicia de la justa es para mi hija? Estoy pagando la hipoteca (20 años de hipoteca en total) con muchísimo sacrificio y sacando a mi hija adelante de igual forma ... ¿me pueden por favor dar una respuesta? Llevo varios días sin dormir, es lo único que tengo en mente ... Y mi desesperación es de impotenca total.

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De la parte de su marido ... supongamos que el piso vale 5.000 pero el solo ha pagado 1.000 durante todos los años que vivió, pues bien tiene derecho por legitima 1/3 a dividir entre todos sus hijos biológicos .
No se puede desheredar a los hijos independientemente de que te hables o no con ellos, es así la ley.
El hijo por su parte puede renunciar a la herencia del padre si así lo desease .
Muchísimas gracias por su rápida respuesta y su tiempo. Entonces si el piso en el momento de la adquisición costó 60.000 euros y dos años más tarde cuando mi marido falleció se habían pagado supongamos una cantidad simbólica de 5.000 euros, al hijo del primer matrimonio de mi marido le corresponde un tercio de dicha cantidad (no sé si se refiere al capital con intereses o sin, ya que sobre todo en los primeros años de hipoteca se pagan muchísimos intereses y poco capital...). Yo puedo demostrar que los 2 años que transcurrieron desde la compra del piso hasta su fallecimiento, la hipoteca se pagó de una cuenta en la que como ya le dije antes, sólo constamos mi padre y yo (siendo yo misma la titular principal), en otras palabras que él no pagó nada.
Podría precisarme, por favor, en el caso de que el hijo del primer matrimonio se enterara de la existencia del piso (dato que desnonozco) y reclamara su parte ¿en realidad tan sólo debería de darle un tercio de los simbólicos 5.000 euros? ¿De verdad no puede reclamar el 25 o el 50 por ciento cuando yo muera de la totalidad del valor del piso? Si el hijo de su primer matrimonio no reclamara nunca nada, ¿alguien informa a esta persona obligatoriamente de la existencia del piso cuando no hay testamento alguno o qué procedimiento se sigue en estos casos? Alguien me habló de que sale un tiempo en el boe, y si nadie reclama, se pueden hacer papeles como si no hubiera tal persona, ¿es eso cierto?
Le agradecería mucho que me diera una confirmación sobre estos dos puntos ya que es muy importante para mi ya que no tengo nada de dinero, me está costando mucho pagar la hipoteca (aún me quedan 10 años por pagarla si Dios quiere) y todo el mundo me dice que es igual que él muriera dos años después de comprar el piso, que al hijo aquel le corresponde lo mismo que a mi hija.
A la espera de su respuesta, disculpe las molestias y feliz Navidad.
Si el piso se compró con 60.000 euros, 30.000 puso usted, ¿y otros 30.000 puso su marido? A partir de ahí, los dos juntos pusieron 5.000 euros más hasta que falleció ... pues bien . los hijos tienen que heredar como mínimo la legitima, que es 1/3 de los bienes ...
Si son dos hijos, 1/6 . ( según el testamento claro ) .
Si es el caso anterior, sería1/6 de 32.500 euros lo que le corresponde a cada hijo como mínimo, los otros 2/3  se dividend e la siguiente forma 1/3 de libre disposición, se lo puede dar a quien quiera ... la mujer, uno de los dos hijos, un vecino ... y 1/3 de mejora, es decir que se lo de esa otra parte a uno de los dos hijos que el quiera .
Todo depende de como esté echo el testamento, pero mínimo 1/6 de lo que tuviese su marido le corersponde a su hijo aunque no se hable con el .

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