Tío fallecido sin testamento

Por educación) días. Tenemos un problema que paso a comentarte a ver que posibles opciones nos puedes aportar (gracias de antemano):
Recientemente (el mes pasado) ha fallecido de cáncer un tío mio soltero y sin hijos o padres que no realizó testamento ante notario, tan solo una especie de testamento ológrafo (de hace 4 años más o menos) que carece de validez por estar redactado e impreso enteramente en un ordenador de su trabajo y tan solo tener la firma de su puño y letra...
La cuestión es que en el se lo dejaba todo a mi madre (su hermana) ante la apurada situación que esta rama de la familia atraviesa en los últimos años y dado que mi madre ha cuidado de el durante toda su enfermedad y han convivido varios años anteriores a dicha enfermedad.
Consultado un abogado por mi madre, le notificó la invalidez de dicho escrito y le aconsejó llegar a un acuerdo económico con su otro hermano (eran 3 hermanos contando a mi madre) para que ella pueda disponer del piso en que vivían, aun a costa de renunciar al dinero que pudiera haber en juego (francamente desconozco la situación económica de mi tío, pues lo prejubilaron debido a la enfermedad y no es un tema del que se me haya informado en absoluto).
Me surgen varias dudas, la primera es que leyendo legislación al respecto por internet me ha parecido entender que ante la ausencia de herederos obligatorios (hijos, padres...) de mi tío debe ser un juez el que dictamine quien hereda y cuanto, lo cual según mi aprecicion choca frontalmente con la posibilidad de acuerdo que el abogado sugirió a mi madre.
La segunda, es que el constaba como avalista de las hipotecas que tanto yo como mi único hermano tenemos sobre nuestras viviendas y temo que esto pueda ocasionarnos inconvenientes con nuestros bancos, ademas de que las cantidades que el nos entrego para la apertura de los créditos y demás gastos (aparte de para reducir la cuantía a solicitar) pudieran considerarse ahora como "herencias a cuenta" (espero que se entienda la expresión...).
La tercera es que en este momento no disponemos de dinero para sufragar una hipotética mitad del piso en el que vive mi madre y quisiera saber si seria posible vender el mio p.ej. Y con lo obtenido tras cancelar la hipoteca cubrir esa cantidad (o al menos ayudar a alcanzarla...) para así permitir a mi madre conservar el piso.
Seguramente me surgirá alguna duda más que posteare más adelante si se da en caso, pero a grosso modo eso es lo principal. Pido disculpas por mi puntuación, pero estoy seriamente afectado, tanto por la muerte de mi tío (era una gran persona y un familiar muy querido) como por la situación que veo que se cierne sobre nuestras cabezas, gracias nuevamente por cualquier orientación que me podáis dar.
Esto ha sucedido en La Rioja ya que supongo que es un dato necesario de conocer.

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1) Ante la ausencia de testamento, la ley determina qué parientes tienen derechos hereditarios.
Sin testamento y sin ascendientes ni descendientes vivos, los herederos son siempre los hermanos. El reconocimineto de quienes son los herederos (declaración de herederos) pueden tramitarse ante un notario (si todos los hermanos están de acuerdo) o ante un Juez.
Es precisamente la posibilidad de tramitarlo ante un notario lo que permite que, si Uds llegan a un acuerdo con su tío para que se reconozca el testamento y no lo impugne, pueden conseguir que en la declaración de herederos se reparta la herencia según un porcentaje distinto al que inicialmente marcaría la ley (que sería de un 33,33% para cada uno de los hermanos vivos, es decir, su madre y tíos vivos).
2) El reparto que dice la ley es de un 33,33% para cada uno de los tres hermanos, pero como le digo, si acuerdan aceptar el testamento ológrafo y hacen una declaración de herederos pactada ante notario, ésto puede cambiar. Incluso sin que se acepte el testamento ológrafo, podrían negociar con su tío la forma de dividir la herencia, ya que, aunque no se cumpla el criterio del 33%, si las partes firmantes están de acuerdo en las valoraciones asumidas en el reparto, todo sería válido. (Es decir, que aunque la casa valga más de un 33% del valor total de la herencia, si acuerdan que en el reparto de la herencia a tercios iguales a su madre le adjudican la casa y a los otros hermanos el dinero, el acuerdo es válido, por estar consensuado y no hacer valoraciones "excesivamente" disparatadas.
3) Respecto a las dificultades para pagar la casa, primeramente piense que quedarse con la casa para que viva su madre podría no ser la mejor solución. En este sentido: el valor de la casa no es el valor al que podrían venderla, sino el valor al que podrían venderla menos el valor de la hipoteca aun pendiente. De hecho, con la crisis, hay casas hipotecadas que tienen un valor negativo, ya que valen menos del dinero pendiente de pagar en concepto de hipoteca.
Estas reflexiones se las hago porque, a lo mejor, se centran en la negociación con su tío para quedarse la casa y, al final, se buecan un problema mayor...(ej. a lo mejor les conviene acordar que su tío se quede con el 100% de la casa pagándoles a Uds un dinero y asuminedo la hipoteca).
En todo caso, son ideas lanzadas al viento, porque ni se cuanto vale la casa, ni el dinero que tenía su tío en metálico, etc...
Una última posibilidad, y esa es realmente la última posibilidad a usar, es que, si negociando consiguen quedarse con la casa y luego no pueden pagarla, que su madre se declare en quiebra (cuando alguien está en quiebra, los bancos no pueden embargar la casa).
Espero haberle orientado en referencia a su caso y que puedan aclarar lo que más les interesa en este caso.
Bueno, gracias por aclararme varios puntos, quizás no he sido muy especifico en la información prestada y por eso otros no me quedan tan claros:
- Dado que de los tres hermanos uno era mi tío recientemente fallecido presupongo que ese 33% del que me hablas seria un 50%, ¿Correcto?
- La casa esta carente de toda carga (la que mi tío compartía con mi madre), las hipotecadas son la mía y la de mi hermano. Aunque dada la situación actual del mercado inmobiliario lo ideal seria evitar en lo posible la venta de cualquiera de ellas, desde luego.
Como me comentas la opción ideal seria que mi tío a la vista del testamento ológrafo y teniendo en cuenta que esa era la ultima voluntad de su hermano la aceptara como tal, pero no se si esto sucederá, cuando hay dinero de por medio todo suele complicarse y garantías legales no tenemos ninguna.
Muchas gracias por tu atención y tu pronta respuesta, cuando tenga más datos y posiblemente dudas te consulto de nuevo, a ser posible con algo más de información, ya que desconozco absolutamente las cantidades tanto de dinero como del precio de dicho piso y me resulta muy violento preguntarlas.
Me gustaría comentarte también (lo siento, no encontré manera de editar el post anterior) que el citado piso propiedad de mi tío, constaba como aval de las hipotecas mía y de mi hermano, con lo cual me gustaría saber en que situación nos deja esto y si tendremos algún tipo de problema con el banco, desconozco si este tipo de cuestión corresponde al mismo terreno...
a) Si, si de los tre uno era su tío, es el 50%
b) El banco tenía de aval el piso de su tío y eso no va a cambiar con la trasmisión del piso por herencia. Es decir, que su relación con el banco no va a cambiar, ni van a tener problemas con el banco.
Javier Gonzalez, Abogado civilista, www.hayadefensa.es
Muchas gracias por toda la información que me has dado, me resulta muy útil y bastante tranquilizadora, por ello voy a cerrar el hilo y puntuarte las respuestas, si me surgiera algo más en el futuro ya abriré otro.
Gracias nuevamente.

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