Dividendos acciones heredadas

Hemos heredado y aceptado la herencia en el notario consistente en una serie de acciones. En esta herencia somos 5 personas de las cuales hemos recibido todos acciones.
El tema es que desde que falleció la persona hemos tardado 4 años en aceptar la herencia, estas acciones han generado una serie de dividendos que han ido a una cuenta corriente en la que uno de los titulares es una de las personas que ha heredado junto a nosotros y esta persona no acepta darnos nuestra parte proporcional ¿es posible exigir a esta persona judicialmente que nos de los dividendos que han generado las acciones que hemos heredado?

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Por supuesto que está obligado a repartir.
Desde luego es ganas de hacer la puñeta, porque les obligaría a contratar abogado y demandarle, que son gastos.
Y seguro que encuentro reciba la demanda paga, pero ya habrán tenido ustedes esos gastos de abogados.
Pero ¿Han hablado con el banco? Los bancos están obligados por ley a bloquear las cuentas cuando una persona fallece.
Por eso es por lo que no han podido apropiarse de las acciones hasta haber aceptado la herencia.
Y el banco cuando les lleven esa escritura notarial de aceptación de herencia, la manda a sus servicios jurídicos, su abogado la estudia y hace el reparto y da a cada cual lo suyo.
Tanto de acciones, como dividendos, como saldos que hubiera.
Por tanto, deben reclamar al banco ya que en el testamento está muy claro que hay que repartir entre 5.
Y el banco es quien debe entregar ese dinero repartiándolo. Máxime, si el dinero sigue en la cuenta.
Si esa persona, lo hubiera sacado, ya el banco no lo puede repartir y entonces si que han de demandar.
Pero hay dos posibilidades:
1- Que el banco supiera que falleció, y debiendo bloquear las cuentas no lo haya hecho y haya permitido que se sacara el dinero.
En este caso, reclamen al banco por escrito. Es el obligado a darles el dinero a cada uno y una de dos, o lo pierde el banco o lo reclama al que se lo llevó.
2- Que el banco no supiera del fallecimiento, por lo que no habría tenido obligación de bloquear el dinero.
En este caso, si ese heredero lo ha sacado apropiándose de él, han de demandarle.
Muchas gracias por la respuesta, ninguno de los bancos bloqueo la cuenta y aunque yo pensaba lo mismo de las acciones que se repartirían tanto las acciones como los dividendos, los servicios jurídicos de los dos bancos dicen que para el tema de los dividendos nos tenemos que poner de acuerdo los herederos ya que no están especificados en la herencia, como el quiere quedarse los dividendos de todos generados durante ese periodo no firma y no hay manera de desbloquear el asunto salvo demandarlo.
Entiendo que un juez nos repartiría lo que nos correspondería ¿o puede ser que el se quede todos los divendos de todas las acciones?. En este momento hay dinero en las dos cuentas aunque no estén bloqueadas.
Un saludo
Pues está claro, por lo que dice que cada banco actúa de formas diferentes.
Desde luego han de repartir acorde con el contenido del testamento.
Lo que pueden hacer es hacer al banco un requerimiento notarial, pidiendo se les abone su parte de los dividendos, o en caso contrario que procedan a bloquear la cuenta a la espera de la decisión del Banco de España, anunciándoles que van a denunciar el asunto.
Eso dará que pensar y mucho al banco.
Porque está cometiendo una irregularidad.
Ese dinero no es del banco. Es de los herederos. Y no puede negarse a dárselo.
Debería de bastar con una carta que les entreguen y que les sellen la copia como recibido.
Para más fuerza, desde luego, un burofax, con acuse de recibo y certificado de contenido.
Viene a costar unos 23 euros.
Dice que los bancos dicen que ustedes han de ponerse de acuerdo.
Pues si ustedes, como dice, han aceptado la herencia, habrá sido todos juntos, y firmando ante notario que a cada cual le corresponde una parte. Y aceptando ese reparto.
Mayor acuerdo que el firmado ante notario no existe.
Así que amparados por ese cuaderno particional firmado, pueden reclamar su parte y los bancos están obligados a dársela.
Y si no, pues ya saben: Burofax, reclamando que les den su parte y diciéndoles de paso que exigen contestación por escrito de su decisión, para poder presentar la oportuna reclamación ante el banco de España.-
Los bancos tienen dos meses para contestarles con lo que sea.
Si dan la callada por respuesta, o si la contestación es que no les dan su dinero, ya pueden ir al banco de España y presentar la reclamación.
Porque a un banco no se le puede demandar directamente.
Primero hay que reclamar al defensor de la clientela del banco. Mejor por el burofax comentado.
Si la respuesta es negativa, reclamación ante el banco de españa.
Si ustedes tienen la aceptación de herencia como dice y deberá estar firmada por todos, el banco se lo pensará mucho el no darles el dinero, porque el banco de España, pone sanciones a los bancos por incumplimiento de sus obligaciones y las sanciones siempre son millonarias.
El banco de España no se anda con chiquitas.
No sn multitas de esas que ponen los jueces o los ayuntamientos o hacienda.
De un trescientos mil euros no les baja seguro.
El banco de España, dictará su resolución, pero si es favorable a ustedes, el banco no está obligado a darles el dinero, aunque tenga que pagar la multa.
Pero con esa resolución es cuando pueden ir y demandar a los bancos en un juzgado y lo tienen ganado. Y además, condenarán a los bancos en costas.
Esos son los pasos a seguir.
Lamentablemente hay que ir paso por paso, pero hay ya demasiadas sentencias que les avalan.
Un saludo y no tarden en iniciar el proceso de reclamación.
Si no les queda duda, le ruego finalice la pregunta.

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