Herencia

Gracias de antemano por su respuesta. Hace 3 años hice testamento haciendo constar en el mismo, que lo debajo todo (casa y dinero en cuentas) a mi pareja, a mi hijo y suegra. Tengo que decirle que resido en sevilla, y estoy inscrito como pareja de hecho. Mi pareja tiene una hija de su anterior matrimonio y actualmente su estado civil es divorciada. Asimismo mi estado civil es soltero, teniendo un hijo en común con ella. En caso de que yo falleciese no se si lo he dejado todo bien atado, pues ahora me surgen duda, pues mis padres han fallecido, pero tengo dos hermanos. ¿Le correspondería por Ley parte de mi testamento a mis hermanos? ¿Debería hacer un nuevo testamento en el cual dijese explícitamente que no les dejo nada a ellos, siendo todo a favor de mi pareja e hijo? Agradecería cualquier aclaración sobre este tema. Gracias

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A ver vamos por partes, desde el momento en que tu tienes una pareja de hecho se le considera(generalmente luego de un periodo o plazo) con todos los derechos tal cual fuera tu esposa, por lo general depedndiendo de la legislación, los hermanos y padres heredan solo cuando hay falta de esposa y/o hijos, al existir hijos y/o cónyuge se excluye a los hermanos y padres. Por otro lado hay que ver como maneja tu legislación la libre disposición de tu herencia, hay egislacione sque te limitan a disponer libremente solo de 1/3 de tu patrimonio y hay otras como la americana que te permiten disponer libremente del 100%. No obstante esto, en el peor de los supuestos en que tengas una limitación legal de disposición de tu patrimonio, a tu suegra solo podrás dejarle 1/3 de tu patrimonio y el resto quedaría para tu hija y cónyuge, el problema aparece un poco por el tema de la suegra pues ella realmente no tiene derecho directo a heredar por l que seria una legataria(por legado) siendo que ella recibiría el máximo que la ley le permte de haber un máximo o se dividiría entre 3 todo tu patrimonio.
Por otro lado mencionas que le dejaras todo a tu pareja e hijo. Y no se realmente como sea el asunto, ¿tu suegra entra en tu voluntad de heredar?
Por ahora, sin testamento, todo quedará con tu pareja e hjijo, la hija de tu actual pareja no recibe nada a menos que tu lo especifiquies puntualment een el testamento, tu suegra tampoco recibe nada a menos que lo especifiques en tu testamento.
Entonces, vale primero onbservar si quieres que tu suegra participe o no, de acuerdo a esto verificar el monto de libre disposición(en cualquier c´digo civil de tu país en el libre de sucesiones) y de acuerdo a eso otorgarle a tu suegra esa cantidad o menos (no más) y el resto se divide entre y esposa y tu hija de la forma legal que tu ordenamiento permita usualmente es 50% para la cónyuge más una cuota como hijo.
O sea 75% cónyuge 25% hijo. Esto lo puedes cambiar siempre y cuando por ejemplo la madre renuncie a un 25% de lo que le corresponde y vayan 50% 50% con tu hijo.
Ahora bien, esto sucede de acuerdo a la ley de tu país, com te digo generalmente es así, y es cuesti´n solo de chequear el libro mencionado para saber cuanto puedes disponer libremente y como se dividirá la "herencia" entre tu esposa e hijo.
Yo te recomiendo que tu testamento lo hagas lo más claro posible, por ejemplo en la pregunta primero me mencionas que quieres dejrle tus bienes a tu suegra, pareja e hijo y luego solo a tu pareja e hijo, ese tipo de cosas por muy buena voluntad de tu parte por ejemplo pueden crear una expectativa en tu suegra que al final termine en un conflicto familiar feo. Es por esta razón que incluso los testamentos son secretos, primero por seguridad y segundo para evitar falsas expectativas y posteriores conflictos de "el me prometió" o "el me dijo".
Perdona por los errores de tipeo y falta de acentos prometo ponerle más cuidado a ese detalle si necesitas una aclaración o otra pregunta pero es tardísimo.
Gracias! Y por favor si necesitas algo o no aclaré bien algo avisame.
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Con hijos: en las uniones de hecho, si hay hijos o nietos en representación de un hijo previamente fallecido, el conviviente puede heredar un tercio de todos los bienes, si así se expresa en el testamento. Los dos tercios restantes corresponden por ley a los hijos. En los matrimonios, si hay hijos o nietos en representación de un hijo previamente fallecido, el cónyuge puede heredar un tercio de todos los bienes, si así lo recoge el testamento, más el usufructo de otro tercio. El resto es por ley para los hijos.
Sin hijos: los padres del fallecido tienen derecho a la mitad de los bienes, derecho que ha de ser respetado aún haciendo testamento. La otra mitad queda de libre disposición y puede ser para el conviviente. En los matrimonios, si hay padres, pero no hijos, aquellos tienen derecho a un tercio de la herencia. El cónyuge puede ser nombrado heredero de los otros dos tercios.
En las uniones de hecho, el testador es libre para nombrar heredero/a de todos sus bienes a su pareja de hecho, pero sólo si no hay descendientes ni ascendientes (se incluye a los abuelos). En los matrimonios, cuando no hay descendientes ni ascendientes (se incluye a los abuelos), el testador es libre para nombrar heredero de todos sus bienes a su cónyuge. Creo que eso podrá ayudarle a usted y a otro, lo que no entiendo es lo de la suegra y también le sugiero que sea inteligente respeto a los temas de fiscalidad, la niña esta mayor para adoptarla sino hubiera sido una salida. Estudie todo detenidamente y que se le cumplan sus deseos

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