Repartir herencia sin fallecimiento de mi abuela

Mi abuela actualmente se encuentra en una residencia de la Comunidad de Madrid, en la que hay que pagar una cantidad todos los meses. No puede andar sola, pero su cabeza rige muy bien para su edad, 91 años. Tiene dos hijos. Cuando murió mi abuelo hace ya al menos 20 años, por lo visto la herencia era a repartir entre mi abuela y sus dos hijos. Lo que tenían de herencia era una casa y algún dinero ahorrado. Mi abuela continuó viviendo en su casa. Luego pasó a vivir una temporada con cada uno de los hijos, porque no podía estar sola. Uno de mis primos quería comprar la casa de mi abuela, así que le preguntaron, ella dijo que si (aunque ella no se acuerda de ello) e inmediatamente la compraron. De eso hace algo más de un año. Posteriormente, al no poder cuidarla ya en casa se buscó una residencia, la cual se va pagando con el dinero que se sacó con la venta. Ahora mi tía ha pedido que se reparta la herencia, ¿pero no le hace falta para? ¿Comer?, sino que quiere viajar... Se quedaría una cantidad de dinero para seguir pagando la residencia de mi abuela, junto con los gastos que ella tenga y el resto lo repartirían entre los dos hijos. Yo estoy muy indignada porque no me parece lógico que repartan esa herencia antes de que mi abuela fallezca. Quería saber si esto se puede hacer o si yo podría hacer algo para impedirlo. Mi padre va a hacerlo para no tener que discutir con su hermana, porque él no había pensado en ello para nada. En caso de que si pudieran repartir ya ese dinero, ¿mi abuela tendría que firmar alguna cosa o no haría falta? Quisiera saber si esto se puede hacer legalmente. Para mi abuela ya fue un disgusto enorme, que cada día recuerda, que vendieran la casa y estar ahora en la residencia. ¿Si ya dice que está en la calle, sin casa, si ahora, la? ¿Quitan? El dinero que tenía, será un mayor disgusto todavía. Puede que le queden años por vivir, o no, eso no se sabe, tiene una buena salud. Por favor, agradecería me aconsejara en este tema. Hoy mismo van a hablar los dos hijos sobre este asunto y yo quisiera saber algo lo antes posible.

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Si la cuenta corriente está a nombre exclusivo de tu abuela, si esta no quiere no se puede repartir el dinero entre sus hijos, ya que para ello sería necesario que tu abuela diese la autorización en el banco y les donase ese dinero a sus hijos en vida, quedándose parte en la cuenta para el pago de la residencia.
Si la cuenta en la que está ese dinero es de tu abuela y de sus hijos conjuntamente, sus hijos podrán sacar 1/3 del dinero de la cuenta cada uno y quedárselo ya que les pertenecer por la venta de la vivienda que heredaron de tu abuelo, pero el otro 1/3 pertenecerá a tu abuela y no se podrá repartir hasta que fallezca.
De todas formas, si no pueden sacar el dinero y tu abuela se lo tuviese que donar dando su consentimiento, el impuesto que tendrían que pagar por la donación de ese dinero sería mucho más elevado que el que tendrán que pagar en un futuro por heredar ese dinero de tu abuela cuando fallezca, salvo que viváis en el país vasco en cuyo caso las herencias de padres a hijos, y las donaciones, están exentas de pagar impuestos, salvo que sean de bienes inmuebles.

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