Si me divorcio, estando separada ¿Cambia mi situación?

Soy mujer, con tres hijos. Estoy separada desde hace ocho años. Me gustaría divorciarme de mi ex. El paga pensión de los críos e hipoteca casa, que tenemos a nombre de los dos. Tiene seguro de vida a mi nombre. Y se ha comprado hace poco una vivienda. En caso de divorcio,¿qué es lo que puede cambiar?

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En principio, por el solo hecho de solicitar el divorcio, no debe cambioar ninguna de las medidas o efectos de la previa separación. Esas medidas se pueden modificar solamente cuando se alteren de forma importante, sustancial las circunstancias en que se tomaron.
La ley de Enjuiciamiento Civil, dice respecto a las medidas o efectos de una sentencia de separación o divorcio:
Artículo 775. Modificación de las medidas definitivas.
1. El Ministerio Fiscal, habiendo hijos menores o incapacitados y, en todo caso, los cónyuges podrán solicitar del tribunal la modificación de las medidas convenidas por los cónyuges o de las adoptadas en defecto de acuerdo, siempre que hayan variado sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta al aprobarlas o acordarlas.
En definitiva no deben cambiar las medidas. Dicho lo anterior, debo decirle que no obstante, al tener que acudir al juzgado para solicitar el divorcio, si no hay armonía, si no se llevan bien, si no lo hacen de mutuo acuerdo, puede ser que su ex-marido, aproveche la ocasión (ya que voy al Juzgado) para solicitar alguna modificación "alegando" algún cambio en la situación económica, por leve que sea dicho cambio.
Por ello le aconsejo que el divorcio lo plantee de mutuo acuerdo, y explicando a su ex, que no le costará nada porque Vd. puede presentar la demanda en forma de "con el consentimiento de él" por lo que él solo deberá ratificar el convenio y obtendrá el divorcio de forma "gratuita".
En todo caso, si Vd. lo desea, quiera o no él, el divorcio lo tendrá y las medidas deberían mantenerse incluso aunque el intente modificarlas, si, como le le dicho antes, no se han modificado sustancialmente las circunstancias.
Se me olvidó antes, pero lo único que cambia es que con el divorcio dejan de ser marido y esposa, pueden casarse o formar pareja con otra persona y dejan de tener obligación/derecho a pedir alimentos provisionales al otro, ya que dejan de ser familia. (No confunda alimentos provisionales por necesidad perentoria de uno de los esposos con la pensiión de alimentos fijada en sentencia de separación que esa se mantiene como efecto o medida mientras no se vuelva a cambiar judicialemnte)

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