No estamos casados ni somos pareja de hecho

Quería comentar, que mi pareja y yo nos vamos a separar no somos ni pareja de hecho ni estamos casados pero tenemos una casa con hipoteca al 50% y una bebe de 3 meses, entonces yo no puedo pagar la hipoteca entera sola, si tiene la niña el tiene que pasarme gastos de manutención, la hipoteca me tiene que pagar la mitad porque yo no puedo pagarla entera, ¿el puede renunciar a la casa para no pagarme la mitad?

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Entiendo que la casa está a nombre de los dos. El ha contraído una deuda con el banco, como tu, pero puede no pagarla (la hipoteca), en cuyo caso, si tu no pagas todo el banco terminará subastando la vivienda. ¿No sería más razonable vender la casa, pagar la hipoteca y repartiros lo que sobre? También podríais llegar al acuerdo de pagar entre los dos la hipoteca, pues aunque seas tu y el hijo quien la disfrute, seguirá siendo de ambos y sólo los dos podréis venderla y los beneficios serán también para ambos, pero puede ser que a él no le guste estar atado a una hipoteca de una casa en la que no va a poder vivir, o bien que no pueda pagar la mitad de la hipoteca y además su alquiler y además la pensión de alimentos para el niño. Que él renuncie a la casa lo podría hacer con una cesión o venta de su parte a ti, pero sin necesidad de hacer ésto, simplemente podría desentederse de la hipoteca alegando que no puede pagar la mitad dadas las nuevas circunstancias, como tú que no puedes pagarla entera por las nuevas circunstancias de ruptura. Cierto que en ese caso tú podrías emprender acciones legales exigiendo que cumpla con la mitad de la hipoteca, pero eso no impedirá que mientras tanto y no, tengas que afrontar sola la hipoteca,... Personalmente yo no seguiría viviendo en una casa de la que no puedo pagar la hipoteca y siempre dependeré de que él pague o no su mitad. Yo en tu caso, intentaría llegar a un acuerdo, vender la casa, liquidar la hipoteca y repartir lo sobrante, me buscaría un piso de alquiler, acordaría con él la custodia del bebé, el régimen de visitas y la pensión de alimentos. Y, una vez llegado a un acuerdo, os buscáis un abogado que redacte el convenio pertinente y lo presente al juez.

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