Traslado

Agradecería contestación a esta duda:
En un I.E.S. De la Comunidad de Galicia se da esta circunstancia:
Dos profesores A y B del mismo departamento resultaron desplazados en el proceso de adscripción de 1998, el profesor A obtuvo plaza en otro instituto de la misma localidad en el concurso de traslados posterior, concurso que tuvo efectuar de forma obligatoria, el profesor B sigue en situación de desplazado ejerciendo docencia en el mismo I.E.S.
En el curso actual 2000-2001 sale una plaza de ese departamento a concurso, los dos profesores optan a esa plaza. En la convocatoria, base décima apartado 1.1 se dice que el profesor A tendrá derecho de retorno siempre que así lo consignase en la solicitud de participación como es el caso. En la base décima apartado 1.3 se dice que el profesor desplazado tendrá derecho sobre cualquier otro según la disposición décimo tercera. 2 del real decreto 2112/1998, del 2 de octubre.
¿A quién se le adjudicará la plaza en el concurso de traslados?
Agradezco anticipadamente la respuesta

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Me temo que conoces bastante bien al profesor A... Según mi opinión, efectivamente A "tiene derecho", pero con la cláusula 1.3, no tenemos nada que hacer si efectivamente el desplazado tiene derecho sobre cualquier otro. Será discutible esa cláusula, porque en realidad vulnera derechos, pero ya sabemos todos como funciona la Administración, no piensa en las personas, en la calidad de la educación, en el trabajo bien hecho. Desgraciadamente les importa un rábano tener a profesores desmoralizados y con bajas o depresiones varias. Y precisamnete eso es lo peor que puede suceder en la enseñanza: un profesorado desmoralizado. Ánimo, en cualquier caso, y no perdamos el objetivo final de nuestra profesión. Un saludo cordial. Luis

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