Cuentas bancarias de viudas y fallecidos

Hace más de 6 meses que se murió mi marido y teníamos dos cuentas bancarias a nombre de los dos, una de ellas es una cuenta de ahorros (en la que esta el dinero) y la otra es una cuenta corriente. Para sacar el dinero de la cuenta de ahorros tiene que hacerse previamente una transferencia a la cuenta corriente donde constamos los dos. Fui al banco con el certificado de defunción, el chico me lo arregló y me dijo que ya estaba todo arreglado y se quedó con los papeles originales dejándome sin ninguno. La semana pasada saqué un dinero y ayer fui otra vez al banco, y para mi sorpresa la directora del banco me dice que me vaya buscando un abogado porque hace más de 6 meses que mi marido ha fallecido y todavía consta en la libreta de la cuenta corriente de donde saqué el dinero (el chico solo dio de baja a mi marido de la cuenta de ahorros). ¿Qué pasará ahora? ¿Tengo qué devolver el dinero y pagar una multa? Mi marido tenia dos hijos aparte, ¿tengo qué repartir el dinero entre ellos dos o entre nosotros tres? ¿Puedo denunciar al chico que me atendió por su incompetencia? Y si me hiciera una cuenta corriente solo a mi nombre, podría vincularla a la cuenta de ahorros (donde solo consto yo) y hacer las transferencias por ahí para poder sacar el dinero, dando de baja la cuenta corriente donde constamos todavía, a día de hoy, ¿mi difunto marido y yo? Soy una señora de 78 años.

2 respuestas

Respuesta
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Lo primero disculpa por el retraso en contestar.
Lo que debes hacer es ir a una gestoría para que te realicen todo el papeleo que se tiene que hacer en estos casos, que no es poco. Para realizar toda la tramitación del papeleo hay un plazo de 6 meses en los que se presenta de forma voluntaria y 4 años de forma obligatoria. Si no tramitas el impuesto y la escritura puedes tener algún problema con Hacienda.
Con respecto a las cuentas, la mitad del dinero (lo que pertenecía a tu marido) se queda bloqueado hasta que presentes la documentación (en concreto la liquidación del impuesto de sucesiones y la escritura de aceptación de la herencia). La otra mitad del dinero (la que te pertenece) puedes disponer de ella libremente.
Yo prondría una reclamación al chico que te atendió y necesitas que te devuelva los originales de la documentación que le entregaste, a él con una fotocopia le es más que suficiente.
Respecto a como repartir el dinero es mejor que vayas a una gestoría y que ellos te lo tramiten todo, no es muy caro y la verdad que compensa por que tiene trabajo.
Cualquier cosa que necesites házmela saber y te vuelvo a pedir perdón.
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Diríjase inmediatamente a la oficina municipal de información al consumidor de su ciudad, así como por carta al deffensor del cliente de dicho banco. Vera como cuando les aprieten las clavijas se espabilahn ellos mismos y lo solucionan todo,
Si aclare sus dudas cierre y puntúe.

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