¿Puedo comprar y escriturar un terreno rural que en su día compro el dueño para aumentar?

¿Escriturar? ¿Otra opción?
Hola. ¿Puedo comprar y escriturar a mi nombre un terreno rural(6000mts) que en su día compro su actual propietario para aumentar a 10000mts una propiedad y con ello permitir una construcción añadida a la suya ya existente?
Me afectara en un futuro el estar integrado en esos 10000 mts, ¿puedo comprar yo más terreno y construir?

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Claro que puedes comprar lo que quieras, ¿pero deduzco por tu pregunta que es que el ayuntamiento te exige 10.000 metros para poder construir?, ¿Y qué al vecino no le dan la licencia de segregación de los 6.000 metros para que pueda venderlos?.
Si es así, y el ayuntamiento permite que el vecino construya la obra que tu quieres para ti en su propiedad y adyacente a la suya, solo tendrías un problema y es que el vecino sería el propietario de lo tuyo. La solución sería que el vecino te vendiera la mitad del terreno PRO INDIVISO, con lo que no tendrías que pedir permiso al ayuntamiento para segregar, construyes tu casa y una vez dada de alta la casa en el registro, tenéis dos opciones.:
1ª.- Solicitar al ayuntamiento la segregación de las dos casa por EXTINCIÓN DE CONDOMINIO, si el ayuntamioento lo autoriza, vais al notario y ya está.
2ª.- Si el ayuntamiento no autoriza la segregación, tenéis que presentar en el juzgado un expediente de división de cosa común, el juez os pregunta que si estáis de acuerdo con la separación, contestáis que si y el juez y dicta orden de separación según el plano que se le adjunta, la sentencia se lleva al notario y se hace escritura de segregación.
Creo que es lo que querías saber, si no fuera así aclarame la pregunta.
Si lo que quieres es hacer la casa dentro de la propiedad de tu amigo, corres el riesgo de que si tiene alguna deuda, embargo, o que se muera, nunca podrás demostrar que eso es tuyo, salvo que tengas un documento firmado por el, su cónyuge y sus herederos reconociendo que eso es tuyo.
Perdona por mi torpeza al explicarme.el vecino ya construyo en su parte de terreno, amplio su casa haciendo una construcción cerca de la actual(el ayto le obligaba a tener por lo menos 10.000)lo que quiere es venderme a mi parte de esos 10.000 o sea 6000. El terreno es rural y no se puede construir, solo lo quiero para ocio.en que situación estaría yo. Gracias
Los 6000 metros los puedes comprar de dos maneras:
1ª.- Mediante escritura publica para ello es NECESARIA la autorización de segregación de los 6000 m, por parte del Ayuntamiento, NINGÚN NOTARIO te hará la escritura sin ese documento.
2º.- Hacer un documento privado firmado por los cónyuges vendedores y por ti y lo liquidas en hacienda como si fuera una escritura con el modelo 600, ya sabes que se paga el 7 % del valor que pongas en la escritura. Es conveniente que en el documento reflejes que le cpmpras qpeero ante la imposibilidad de segregar el terreno aún sigue en el registro a nombre del vendedor, esto lo pones para poder poner menos valor en el contrato o si pones el verdadero valor, sirve para que hacienda luego no lo valore en más. Es conveniente en este caso que te firmen los herederos un documento en el que reconozcan que el terreno es tuyo, es conveniente hacer un plano aunque sea a mano y lo firméis todos.
Independientemente de lo anterior y si quieres intentar lo de la segregación, que el vendedor haga la solicitud al ayuntamiento basándose en el o siguiente.
El artº 25 de la Ley 19/1995 de 4 de Julio, de modernización de las explotaciones agrarias, que constituye la única excepción al artº 23 indica que la unidad mínima de cultivo es de 0.25 Ha.
La Resolución de 4 de Noviembre de 1996 de la Dirección General de desarrollo Rural y Actuaciones Estructurales también hace referencia aque la unidad mínima de cultivo es de 0.25 Ha.
El Artº 16 de R.D. Legislativo 1/1992 de 26 de junio por el que se aorueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y ordenación Urbana dice que no se entenderá vulnarada la legislación agraria cunado la trnamisión de la propiedad, división o SEGREGACIÓN tenga el destino previsto en este apartado, y que es la no formación de una unidad nueva de cultivo inferior a 0.25 Ha."
Como ves tienes armas par que se pueda segregar ya que tu no vas a cultivar la tierra, y podrías edificar el 2 % es decir 120 m.

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