¿Debo pagar irpf por recibir dinero del exterior?

Soy venezolana residente en España y hago declaración de la renta. Antes de venirme a España, tenia un dinero ahorrado y con parte de él me vine y costee mi estancia en este país. El resto lo deje en cálida de préstamo a mi hermana (bueno, es una amiga que casi se crio conmigo y por tanto la tengo como tal).

Ahora ella esta en condiciones de devolverme ese dinero pero en mi país hay control de cambios, lo que limita enormemente la salida y la entrada de divisas. A través de un conocido compraremos euros con ese dinero, lo que me daría un monto aproximado de 35.000 euros. El dinero no saldrá del país, si no que se hará una especie de intercambio a través de un banco portugués. Mi hermana comprarà los euros depositandole el dinero en moneda nacional en una cuenta venezolana a una persona, y esa persona me depositara desde su cuenta en portugal a mi cuenta en España.

Ahora bien, no quiero problemas con hacienda pero quisiera ver que posibilidades tengo para que me salga más barato el impuesto irpf. Pregunto:

1.-Que es mejor para no tener que pagar impuestos, ¿recibir todo el dinero completo o por partes?

2.- ¿Si recibo todo los 35.000 euros debo declararlos? ¿Cuánto me cobraran de irpf?

3.- Si lo recibo por partes durante un año, ¿debo igualmente declararlos? ¿Se aplicara un irpf mayor o menor?

4.- ¿Cómo justifico que la procedencia de ese dinero es fruto de mis ahorros y que estaban en calidad de préstamo de mi hermana? Antes trabajaba en mi país para un banco y ganaba bien, lo único que puedo demostrar es que trabajaba para el banco, pero los recibos de mis nominas ya no existen. Tengo una recomendación de trabajo donde consta el tiempo que trabaje para el banco y cuanto ganaba, ¿pero debo legalizarla con la apostilla de la haya si me piden algún tipo de justificación? Me la traje para homologar mis estudios aquí en España.

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Si en su cuenta aparecen automáticamente 35.000 € se trata de una donación y Hacienda le exigirá el impuesto correspondiente a tal hecho imponible (no el impuesto sobre la renta).

Se trata de una cantidad elevada y el grado de parentesco es nulo, con lo cual no obtendría ninguna ventaja fiscal debiendo pagar el importe íntegro. Tenga en cuenta además que el impuesto de sucesiones y donaciones es de los más altos de nuestro sistema.

Como medio de prueba que acredite la existencia de un préstamo suelo recomendar a mis clientes que eleven el contrato a escritura pública para conseguir plenos efectos frente a terceros (en este caso frente a Hacienda).

Independientemente de lo anterior, el cambio de moneda que produzca un incremento de la cantidad prestada deberá ser calificado como ganancia patrimonial que deberá ser incluida en su declaración de la renta.

Si desea más información puede contactar conmigo sin compromiso a través de mi web o email.

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