Cómo declarar en IRPF extinción del proindiviso de 2 pisos, uno se lo quedó mi hermano y otro .

Mi hermano y yo teníamos 2 pisos, por mitad y proindiviso, como consecuencia de unas herencias. Uno se valoró en 135.792€ que se le adjudicó a mi hermano y el otro se valoró en 172.557 € y se me adjudicó a mi. De acuerdo con la escritura de extinción de proindiviso y adjudicación le tuve que abonar a mi hermano 18.382 € en la fecha de la misma 03-11-2011, quedando aplazados otros 67.896 € a 15 años, sin que devenguen intereses. Por su parte, y según la otra escritura de extinción de proindiviso y adjudicación del otro piso, mi hermano me tiene que abonar a mi 67.896 €, también aplazados en 15 años. En 2012 no nos abonamos ninguna cantidad. En 2013 yo le aboné a mi hermano 4.849,70 € y él a mí la misma cantidad. Cómo tengo que declararlo yo a los efectos del IRPF. Se significa que, el piso que se ha quedado mi hermano, se hizo la adjudicación de herencia y el mismo día en otra escritura la disolución del proindiviso. No sé si serán necesarios más datos.

2 respuestas

Respuesta

Puesto que la adjudicación y disolución del proindiviso se hizo en 2011, ahora dos años después tendrán que seguir el mismo criterio fiscal que adoptaron entonces y considerar o no que hubo variación patrimonial.

Respuesta

Si aún no han hecho nada al respecto, ya no lo hagan porque el ejercicio fiscal está prescrito.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas