IRPF por extinción de condominio entre 2 hermanas

Me gustaría saber cúal sería la ganancia patrimonial obtenida tras una extinción de condominio con mi hermana. Voy a intentar explicar la situación de la forma más clara posible aunque es un poco compleja.

Actualmente mi hermana y yo somos propietarias al 50% de un piso heredado ubicado en Valencia, queremos realizar una extinción de condominio comprándo mi hermana mi mitad del piso por un precio acordado superior al del valor de las escrituras. Entiendo que tengo que pagar el IRPF derivado de la ganancia patrimonial obtenida según la fórmula:

IRPF derivado = 22% * Ganancia patrimonial (Valor de transmisión - Valor de aquisición -Gastos derivados - Pérdidas patrimoniales año anterior)

El problema es que no sabemos como calcular estos beneficios al no tener claro cúal es el valor de adquisición por venir de otra extinción de condominio parcial con nuestro padre.

El piso adquirido por mis padres en 1984 tenía un valor de 51000 euros, al fallecer mi madre en 1998 mi hermana y yo heredamos el 25 % cada una.

En 2013, mi padre que poseía el 50%, realiza una extinción de condominio con nosotras y según las escrituras, de esta forma se nos adjudica la finca al 50% por un valor de 35100 euros cada una. Así pues, nosotras entendemos que el valor del inmuble pasa de los 51000 euros a 70200 de forma que en la tributación yo debería considerar como fecha de adquisición la de 2013 y el importe (valor de adquisición) el de 35100.

En las escrituras aparece el valor de 70200 como "liquidación"

Esta es mi interpretación pero tengo algunas dudas por haber sido una adquisición parcial. No sé si se debe considerar por separado el 25% inicial y el 25% adquirido tras la extinción de condominio parcial de 2013. Tampoco estoy segura si el año de adquisición sería 1998 (adjudicación de la herencia) o 2013 (extinción parcial del condominio)

Espero haberme expresado con suficiente claridad, en cualquier caso, si habéis conseguido llegar hasta el final muchas gracias por vuestra atención. Si además fuérais capaces de solucionar mis dudas sería de gran ayuda, al encadenar una extinción parcial y otra total me resulta muy complicado encontrar información.

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Respuesta

El condominio que vais a proceder a extinguir es el que adquiristeis en 2013 (50% cada una) por valor de 70200€ (35100€ de cada una)

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