Somos tres hermanos con un piso en herencia por parte de mi madre, en su día se arreglaron las escrituras para que nos correspon

Te planteo mi pregunta a ver si puedes ayudarme.

Somos tres hermanos con un piso en herencia por parte de mi madre, en su día se arreglaron las escrituras para que nos correspondiera a tres partes iguales y se escrituró el piso por un valor de 270000€.

Ahora una de mis hermanas va a comprar a cada hermano su parte a través de extinción de condominio por un valor total de 216000 es decir 72000€ a cada hermano.

Mi pregunta es:¿A efectos de tributación que es lo que tendría que pagar yo a hacienda?

¿Es necesario que lo declare ó estaría exento por el tema de la extinción de condominio?

¿Qué es exactamente lo que les tengo que indicar a los de hacienda cuando haga la declaracion?

2 respuestas

Respuesta
1

Conviene matizar su afirmación: Ahora una de mis hermanas va a comprar a cada hermano su parte a través de extinción de condominio.

A efectos fiscales es distinto el tratamiento de una compra que el de una extinción de condominio, si efectivamente su hermana les compra su parte, esa adquisición estaría sujeta a IRPF, como ganancia/pérdida patrimonial. Además estaría sujeta a ITP a pagar por su hermana, y es posible que la Administración fiscal autonómica revisara la liquidación si no respeta los valores referenciales, y esa revisión al alza si no es impugnada les afectará también a vds. en IRPF.

Por el contrario una extincón de condominio, si no se produce exceso de adjudicación no se considera ganancia/pérdida en IRPF.

Respuesta

No está sujeto a IRPF

Tenía 1/3 de casa, y ahora te has quedado sin tu 1/3 de casa y en su lugar tienes 72.000 €

Inclusive habría una disminución patrimonial

Gracias por responder tan rápido,es decir cuando haga la declaración el año que viene no tengo q declarar nada de la venta de este piso es así?Gracias de nuevo

Efectivamente.

Si acaso una perdida patrimonial

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