Otras deducciones fiscal vivienda

Tengo una duda respecto a la deducción fiscal por obras de mejora, soy autónomo y uso
una parte de la vivienda para trabajo, concretamente tengo declarado en el iae un 20
% De la vivienda y deduzco un 20 % de los gastos de esta, que estén relacionados con
mi actividad, como por ejemplo el préstamo de la hipoteca --intereses y amortizo el capital-, me deduzco un 20% en la
renta. La luz etc. Y deduzco
por inversión en vivienda habitual la otra parte proporcional del
préstamo, que corresponde a la parte que solo utilizo como vivienda
habitual, en este caso un 80%,.
Hice una obra en septiembre de 2011 para mejora sistema eléctrico y energético.
Quería saber si podía deducir del total pagado por la obra, la parte no afecta a la
actividad, en mi caso el 80 % de la vivienda, en la deducción por obras de mejora
he podido confirmar en la web de hacienda que son compatibles, inversión en vivienda habitual y deducción por obras de mejora.
Cuando un contribuyente realice obras de mejora en su
Vivienda habitual y al mismo tiempo esté abonando cantidades
Para la adquisición de dicha vivienda, podrá aplicar la
Deducción por ambos conceptos de forma independiente siempre que
Cumpla los requisitos exigidos en cada una de las deducciones y
Con los límites previstos para cada una de ella, ya que se trata
De deducciones distintas, no existiendo un límite conjunto de
Deducción para ambas.
Mi
Duda es si al tener una parte de la vivienda afecta a mi trabajo(el
20%), puedo usar esta deducción, para el resto de mi vivienda no afecta
(El 80%)que es ademas, mi vivienda habitual.
Porque se, que es una deducción a nivel particular y por tanto no valdría para locales afectos en su totalidad a actividad económica.
Pero al ser mi vivienda y solo estar afecta parcialmente . En teoría debería ser como
la deducción por vivienda habitual que también es para particulares y donde yo
por
ejemplo, con el préstamo de la hipoteca, deduzco del pago del préstamo
por un lado en la parte no afecta a la actividad el 80% de la vivienda,
en inversión en vivienda habitual y la otra el 20% que si es afecta a la actividad. Deduzco los intereses como gasto financiero y el capital como amortización.
¿Crees
qué también en esta deducción tendría derecho a deducir la parte
proporcional de las obras de mejora hechas en la parte proporcional a la
parte de mi vivienda no afecta a la actividad económica el 80%?
Perdón por extenderme tanto

1 respuesta

Respuesta
1

Te haré un resumen de lo que he entendido así que corrígeme si me equivoco por favor:

- Tienes un piso destinado un 20% a tu actividad económica y un 80% como vivienda habitual.

- Actualmente ya disfrutas de la deducción por inversión en vivienda habitual.

- Has realizado unas obras y quieres aplicar la correspondientes deducción.

La deducción por obras deberás calcularla según el % que afecte a la vivienda, es decir:

- Si las obras afectan a la totalidad del piso, entonces deberás hacer lo mismo que con la deducción por vivienda habitual y la deducción será el 80% de las obras realizadas.

- Si las obras afectan únicamente a la vivienda habitual podrás deducir el 100% de las obras realizadas (en este caso te aconsejo que guardes toda la documentación posible para poder acreditarlo en cualquier momento si Hacienda te reclamase algo, simplemente por precaución).

muchas gracias por tu contestación .

Te pido disculpas sino me explique muy bien, pero esto no es lo mio.

Me ha quedado todo bastante claro , solo una duda según lo que comentas ¿no habría ningún problema en que una parte de la vivienda se use para mi actividad profesional?.

Te lo comento porque aunque en las obras hechas antes del 7 de mayo el único requisito que piden es que sea la vivienda habitual , en las del 7 de mayo en adelante , dice que es valido par todo tipo de viviendas de tu propiedad excepto afectas a actividad económica .

Y aunque como te comentaba es mi vivienda habitual , y deduzco el 80% del préstamo de la hipoteca en inversión en vivienda, y el otro 20% para mi actividad sin ningún problema, pues en hacienda me lo aceptaron sin problemas.Tenia la duda de si se podían agarrar a que la vivienda esta afecta a una actividad , aunque solo sea el 20% (declarado como te decía en el IAE), para no dar por valida la deducción por el resto de la vivienda . ¿ Me podrías confirmar esto ?. Porque la verdad es que es un buen descuento , y mas en estos momentos .

Muchas Gracias , y por supuesto no te preocupes por la valoración , que eso esta hecho.

No te preocupes, la comunicación por este tipo de medios resulta complicada a veces.

La verdad que es un caso curioso el tuyo, he buscado consultas para tu mayor tranquilidad pero no he encontrado este supuesto específico.

Independientemente de la existencia previa deconsultas, puedes deducirte perfectamente tus obras de mejora en la parte que afecten exclusivamente a tu vivienda habitual. En caso de que no fuera así, deberías aplicar el mismo % de deducción que aplicas a la parte invertida en vivienda habitual. Te lo explicaré con ejemplos, quizás así te quede más claro (estamos hablando de dos tipos de deducciones diferentes):

- Deducción por inversión en vivienda habitual: aplicas sólo el 80 % de deducción porque de todo el precio total, vivienda habitual es el 80%. Da igual que el 20 % sea destinado a actividad económica, este hecho no te impide aplicarte la deducción, simplemente le resta ese 20 %.

- Deducción por obras de mejora: en este caso el importe de la deducción depende de si afecta o no a la totalidad del piso, me explico:

Por ejemplo: reestructuración de tabiques y cambio de suelo sólo en la parte del piso destinado a vivienda habitual. La deducción sería del 100%.

Por el contrario si fuese una instalación de aire acondicionado que afectase a la totalidad del piso pues tendrías que aplicarte el 80 % de deducción al igual que haces con la de vivienda habitual.

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