Duda hacienda

Desde hace un año, aparte de mi profesión habitual, soy apostador deportivo online.
Al ver que se me daba bien, debido a mis altos conocimientos de matemáticas, progresivamente fui subiendo las apuestas desde apuestas iniciales de unos pocos euros a apuestas a final del año pasado de miles de euros, varias apuestas al día.
Total, que el balance a final de año fue que gané unos 100.000 euros netos, que ya retiré hacia mi cuenta bancaria.
Esos 100.000 euros netos son resultado de, aproximadamente, 900.000 euros en apuestas ganadas y 800.000 euros en apuestas perdidas.
Siempre había imaginado que tendría que declarar los 100.000 euros y pagar el correspondiente impuesto IRPF por aumento de patrimonio, para esta cantidad un 43%, ya que la actividad de apostador no existe como actividad profesional.
La sorpresa fue cuando hace unos días consulté a mi asesor para hacer la declaración este año y me dijo que según la ley de IRPF, las pérdidas en el juego no se deducen, con lo cual, aplicando esta ley a rajatabla, tendría que pagar un 45% de los 900.000 euros, es decir, unos 400.000 euros a hacienda, que es 4 veces más que los 100.000 que yo realmente gané en esta actividad.
Estamos todos muy sorprendidos y porl o que me dijo mi asesor, esto no creemos que tenga precedentes en España, ya que el juego online es algo relativamente nuevo y hay pocos (o ninguno) que haya conseguido ganar tanto dinero en un año con ello.
Tras consultarlo a un abogado, las apuestas online hasta ahora no estaban reguladas en España. Este mes acaba de aprobarse la nueva ley del juego en el Congreso, pero esta nueva no hace referencia a los apostadores, sólo a las casas de apuestas que a a partir de ahora tendrán que tener licencia y pagar impuestos en España, por tanto para los apostadores sigue rigiendo la ley de IRPF, aumento de patrimonio.
¿Qué se supone que haría hacienda en un caso así, si yo declaro el 43% de los 100.000 netos que gané, como tenía previsto hacer?
¿Arruinarme la vida pidiéndome 400.000 euros de impuestos (no tengo ese dinero ni mucho menos en mi patrimonio), cuando yo sólo he ganado 100.000 euros, en las apuestas online.
¿Podría llegar a darse ese caso, aparentemente un sinsentido tota?
Esto no puede pasar nunca en ninguna otra actividad similar como la bolsa, compra y venta de divisas, etc., donde se tributa cada año sobre las ganancias netas (operaciones ganadas menos operaciones perdidas).

3 respuestas

Respuesta
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He estado revisando la Ley del IRPF y coincido con la versión de su asesor fiscal, y respecto a la Ley del Juego no tiene efecto retroactivo, por lo que he leído.
Mucho me temo que debe pagar como dice su asesor.
http://mariajesus.wordpress.com
¿Hay algún antecedente en que hacienda reclame a alguien pagar más de lo que ha ganado neto en cualquier actividad?
Eso es imposible en cualquier actividad profesional... ¿pueden reclamarlo en el caso de las apuestas y hundir la vida a una persona sin sentido?
¿Cree qué es posible que algún juez adoptara esa sentencia en un caso insólito como este, de arruinarme la vida sin ningún sentido?
¿O lo normal sería que un juez sentara jurisprudencia y viera que es una situación que probablemente no se ha dado nunca en el país y que es absurdo aplicar esa ley en un caso así?
Por otro lado, ¿no sería posible declarar estos 100.000 euros netos de las apuestas como aumento de patrimonio proviniente de inversión?
En el historial de apuestas, cuando ganas una apuesta consta como "ganancia" (no como "premio") y está más que claro que este tipo de apuestas no dependen de la suerte (juego) cuando las hace alguien experto en matemáticas como, aplicando métodos estadísticos, de forma parecda a comprar y vender divisas. De esa forma se pueden obtener ganancias de forma continua en ellas (hay bastante gente que ganas unos pocos cientos o miles de euros cada año con estas apuestas). En mi caso ha sido una cantidad muy alta al invertir más dinero en ello (apuestas más altas).
He consultado a varios abogados y parece que es un caso sin precedentes con lo cual la duda es qué haría hacienda en un caso así, y también cómo declararlo.
Espero su opinión, gracias.
La única interpretación lógica de ese punto de la ley de IRPf es el caso de una persona (que son la gran mayoría) que a final de año, después de muchas apuestas ganadas y perdidas, resulta que ha perdido dinero.
Esas pérdidas netas es la que entiendo que no se pueden desgravar.
Pero tributar sobre las apuestas ganadas sin restar las perdidas significaría reclamar cantidades absurdas en impuestos, cantidades que nunca se han ganado.
Espero su opinión
Gracias
Lo siento mucho pero no soy Abogado, quizás sería más idóneo preguntarle a un Letrado experto fiscal.
Respuesta

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