Tasa de basuras de Madrid por empadronamiento obligado

Hola. Mi padre está separado desde 1997 y divorciado desde 2005. No vive en el único piso de su propiedad, donde vivimos mi madre, que tiene el uso y disfrute del piso, y yo. Está jubilado y recibe una pensión de entre 100-¿200? Del gobierno del país donde ha estado trabajando. Cumple los requisitos económicos para la exención de la tasa de basuras pero no se lo han concedido porque no está empadronado en la casa donde vivimos mi madre y yo. Vive en una residencia donde está empadronado. Era condición imprescindible estar empadronado en la residencia para que le concediesen el derecho a vivir en ella. El año pasado pagó la tasa de basuras con un recargo cuando no le habían resuelto el recurso/reclamación que había solicitado. Mis preguntas son: ¿Tiene qué pagar la tasa de basuras si mo puede por imperativo legal estar empadronado en la vivienda de su propiedad? ¿Tiene derecho a que le reembolsen la tasa pagada en 2010?

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Respuesta
La exención de la tasa de basuras depende de cada ayuntamiento, pero como regla general se la suelen dar a personas con pocos rendimientos económicos y para la vivienda habitual en cuestión.
Que es lo que pasa, que para que se considere vivienda habitual una condición sin equane es estar empadronado en la vivienda en cuestión. Es decir que el ayuntamiento considera que la vivienda en la que vivís tu madre y tu es como una segunda residencia de tu padre, y por esa razón no le conceden la exención, por que este tipo de exenciones son solo para vivienda habituales, aunque no pueda empradronarse por impertivo, como dices tu.

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