Venta vivienda habitual

Estimado experto, agradezco de antemano tu atención. Estoy confuso y necesitaría que me aclarases cual es el mejor camino a seguir para realizar la siguiente operación:
- Quiero comprar una vivienda para que sea mi nueva vivienda habitual, es sobre plano y se calcula que estará construida en 2 años.
La reserva y la firma del contrato con la promotora las puedo pagar de mis ahorros. Luego, el resto a la entrega de llaves, lo quiero pagar con la venta de mi actual vivienda habitual (la tengo hace 3,5 años)+ hipoteca. Me surgen las siguientes preguntas:
1.- En el contrato con la promotora, ¿debo estar atento a alguna cláusula que me obligue a pagar algo que no me corresponde, por ej. Plusvalía municipal?
3.- En la venta de mi piso, además de la plusvalía municipal, ¿debo pagar algo más (notario, otros impuestos, etc)?
4.- ¿Hay algún sitio de donde pueda descargarme algún documento de compra-venta e instrucciones para saber los pasos a seguir y que no se me escape nada?
2.- Me conviene vender mi piso ya o esperar a estar más cerca de la adquisición de mi nueva vivienda, lo digo porque pensaba venderlo ya, cancelando mi actual hipoteca, vivir en casa de mis padres y con el dinero de la venta abrir una cuenta ahorro vivienda o invertir en fondos de bajo riesgo (2,4% beneficios), no sé cual de estas dos opciones sería más ventajosa), hasta la formalización de la escritura.
- ¿Qué ocurriría si se retrasara el constructor y pasan más de dos años desde que vendo mi piso? Yo ya habría empezado a pagar pero no tendría escritura de mi nueva vivienda habitual y no sería culpa mía.
Siento alargarme tanto, pero espero ser claro en el planteamiento.
Muchas gracias
Respuesta
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1.- En el contrato con la promotora debes vigilar que no te cuelen que tú te harás cargo de las plusvalías derivadas de la venta (municipal e impuesto de sociedades). A tener en cuenta también, alguna cláusula que te obligue a subrogarte la hipoteca que pueda tener el promotor y que en caso de no hacerlo te hagan pagar a ti los gastos de cancelación de su hipoteca.
2.- Existe la exención por reinversión en vivienda habitual. Esto te permite no tener que pagar por la plusvalía que hayas obtenido en la venta de tu vivienda habitual si la destinas a la compra de otra vivienda que tenga la consideración de habitual. Tienes un plazo para reinvertir de 2 años. Yo te aconsejo que esperes un poco para vender tu actual vivienda, puesto que un retraso en la construcción de la nueva podría hacer que estuvieras fuera de plazo para poderte aplicar dicha exención y tuvieras que tributar un 15% de la plusvalía obtenida en el IRPF.
3.- En la venta de tu piso debes pagar la plusvalía municipal y el IRPF correspondiente por la parte que no te puedas aplicar exención. En la siguiente página encontrarás una relación de los impuestos sobre las operaciones con viviendas y a quién corresponde pagarlos (comprador o vendedor): http://www.aquitucasa.com/lau/mundoinmobiliario/asesorialegal/impuestos1.htm
4.- En esta web encontrarás información detallada acerca de los pasos a realizar http://www.elrinconinmobiliario.com/asesoria.asp

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