Extinción de condominio para evitar embargo sobre vivienda hipotecada. Novación de créditos

Te escribo para preguntar algo y pedir un consejo de alguien conocedor de éstos temas.
Tengo una hipoteca al 50% con mi ex marido. Ante la situación actual, el se vio ahogado por los créditos al consumo que tiene y ante el riesgo de que pudiera entrar en una situación de morosidad que llevara al embargo de la casa, hicimos una extinción de condominio, pasando la casa a ser de mi propiedad al 100%. Sin embargo, él me pide que en un plazo máximo de 2 años le saque de la escritura hipotecaria para poder acceder a su vez a otra hipoteca.(Esto es un acuerdo de palabra, no está firmado).
He leído por ahí que ésta práctica es bastante común entre ex cónyuges, y que quien se queda con la casa debe acudir al banco con la nueva escritura para solicitar una "novación" del crédito pasando éste a estar sólo a su nombre. Mi pregunta es si ésto es correcto y en todo caso, qué posibilidades tengo de que el banco me conceda dicha novación siendo que la letra de la hipoteca es a día de hoy de 830 euros y mi nómina son 1140. Hay otra persona que estaría dispuesta a firmar como co titular del crédito, pero en otro banco donde solicité una subrogación me dicen que no puede hacerse si no es a nombre de los mismos titulares actuales.
También he leído acerca de cierta medida del gobierno por la cual los bancos están obligados a renegociar los créditos en éstos casos. En el marco de dicha normativa solicité al banco hace ya casi 6 meses que me estiraran el plazo de pagos a 40 años (actualmente, me faltan 21 para terminar de pagar), a fin de reducir las cuotas, pero desde entonces no hacen más que darme largas y no me dicen ni que sí ni que no. Yo no quiero dejar de pagar, pero la verdad es que llevo éstos seis meses privándome hasta de una alimentación saludable para poder hacer frente al pago y las facturas, ya que no recibo ayuda de nadie, y el banco ni siquiera se digna a contestarme. ¿Qué puedo hacer? ¿Hay alguna forma de forzarles a dar una respuesta, al menos? Si en vez de pagar los 830 enteros les pagara, por ejemplo, 600, ¿igual me metería en problemas graves?

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Bien para que una extincon de condominio digamos quede finalizada por completo, es necesario que el banco acepte LA SUBROGACIÓN (no es novación) dela persona que se h quedado la vivienda y eso es algo que depend como muy bien pareces saber, de la capacidad de pago del que se queda para que el banco la admita, tu por tus ingresos la tienes más que justa y es por eso que casi seguro si lo planteas no te lo aceptaran y nunca saldrá tu ex de esa hipoteca, ahora bien con la posibilidad de que indicas de incorporar otro titular a esa hipoteca, la cosa cambia pero que mucho.
Plantéaselo al banco con la incorporación de ese titular y probablemente resuelvas esa parte de tu situación, y efectivamente no se puede SUBROGAR a otro banco si no es con los mismos titulares que existan en la hipoteca, incluye a esa persona en tu hipoteca actual y liberando a tu ex y una vez hecho eso si queréis buscáis esa subrogación a otro banco.
En cuanto a LA OBLIGACIÓN, los bancos NO ESTÁN OBLIGADOS A NADA, cuidado con las interpretaciones, con ellos el tema es negociar, no se te olvide y a partir de ahí a arreglarlas cosas lo mejor posible, y siempre que incurras en alguno de los casos previstos, mira el siguiente enlace a ver si te orienta algo más.
http://www.mundohipoteca.es/2008/11/ayuda-del-gobierno-en-la-hipoteca-a-los-parados.html
Si no acuerdas con ellos una solución, no te servirá de nada pagar solo 600 porque empezaras a tener cuotas impagadas y con una solo el bnco te puede echar al juzgado.

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