Me meto en una hipoteca ya existente de mi pareja

Voy a meterme en la hipoteca de mi pareja, aportando el dinero de mi cuenta vivienda. Para eso tendremos que hacer una modificación en el préstamo que él ya tiene, y también modificar las escrituras.
Quería saber fiscalmente qué nos podemos desgravar de esa aportación, o cuánto se desgrava cada uno.
No estamos casados, y en un banco nos recomendaron casarnos (además de por querernos) y después modificar las escrituras para que yo haga una "aportación por bienes gananciales". De esa forma es ventajoso para desgravarnos más, pero no me quedó claro en qué sentido. Tampoco sé si de esta forma se paga menos del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, o si tiene relación. También quería saber si hay una diferencia económica grande entre estar
casados y no al poder hacer la declaración de la renta conjunta o por separado.
Respuesta
1
Letitale:
Disculpame pero me mareo al tratar de responderte en principio de diré que te han mezclado conceptos y me gustaría poder ayudarte aclarándote cosas pero par ello te ruego limpiases tu texto de las impurezas que no se como han salido porque no hay manera de seguirlo para contestarte correctamente
Hola Nacholon,
perdona por el lio de mensaje, ahora lo redacto de nuevo, y más claro.
Voy a meterme en la hipoteca que ya tiene mi pareja, incorporando lo ahorrado en mi cuenta vivienda. Para eso estamos consultando a su banco si es posible cambiar el titular y de paso aumentar el préstamo.
No estamos casados.
Mi pregunta es:
¿Cómo nos desgravamos cuando tengamos que hacer la declaración de la renta? ¿Cada uno por separado al 50%? Mi pareja lleva más aportado que yo.
¿En qué consiste el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados? ¿En qué cantidad se basa para que se pague? Me llamó la atención que variaba muchísimo según el banco con el que hablásemos.
Y la última: ¿Qué diferencia hay entre estar casados o no de cara a realizar una operación como la que vamos a hacer?
Muchas gracias por adelantado.
Si tu pareja ya tiene una hipoteca y tu te vas a meter en ella sera porque 1º te vende el 50% u otro porcentaje de la vivienda porque si no, no te metas para ser solo deudora y no propietaria.
Te tocara para a ti el IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES es decir el 7% del valor que pongáis en la escritura. Y otros gastos como es lógico. En una venta
Una vez claro y hecho todo lo anterior, podéis ir al banco con esa escritura ya hecha e inscrita en el registro de la propiedad y pedir que te subroguen en el préstamo (en la redacción de la escritura el notario ya lo habrá dejado previsto) los bancos siempre les viene bien aumentar las garantías de sus prestamos por lo que para ello no te pondrán ningún problema si no todo lo contrario.
Ahora bien no entiendo ¿tanto dinero os hace falta más para ademas de aportar tus ahorros a cancelar la hipoteca tener que ampliarla?
Bien sea como sea si efectivamente queréis una ampliación, no hagáis nada en el notario por vuestra cuenta, ir al banco plantear toda la operación en su conjunto y si os conceden la ampliación ellos os lo montaran y en una sola escritura lo haréis todo.
Tu podrás deducirte por a aportación de tu "ahorro vivienda" a"la compra" pero pero como esto ya lo habrás hecho. Pues cuenta con paga, a partir de que hagáis toda la operación, el banco pasa una información "fiscal" a tantos titulares como tenga el préstamo y por tanto la da al 50% y así os podréis deducir, salvo que la propiedad en la escritura sea en otro porcentaje 70-30 y entonces aunque la información del banco seguirá saliendo igual, podréis deduciros cado uno su porcentaje porque siempre podéis justificarlo por esa escritura de la propiedad.
El AJD es un impuesto que se paga por constituir o formalizar una hipoteca, entre otras cosas, y es el 1% de LA TOTAL RESPONSABILIDAD HIPOTECARIA que es un conjunto de cantidades que aunque no se deben, al banco si se paga el impuesto por la suma de ellas (leer en la escritura de préstamo de tu novio esa clausula y os ayudara a comprenderla si ademas conserva el las facturas de los gastos que se ocasionaron cuando firmo la hipoteca)
Si se amplia el importe de la hipoteca en cualquier momento, pues hay que volver a pagar proporcinalmente a la parte ampliada.
Ademas del impuesto gastos del notario, registro etc.
Por ultimo no veo ninguna relación en que estéis casados o no porque hasta donde yo conozco y por lo que tu expones no varia nada de lo que te acabo de contar.

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