La respuesta es complicada y sencilla a la vez. Debes anular todos los apuntes que se cancelen con ese embargo, y debes procurar que, al acabar ese asiento, se refleje la imagen fiel de lo que ha pasado.
Si te quedas sin piso, el importe que conste en balance como activo al haber, la amortización al debe, la deuda con el banco al debe, para cancelarla (que en un embargo no siempre es así) y la diferencia a gastos o ingresos por la enajenación de inmovilizado. Y si hay gastos de notaria, asesoría y jurídicos, esos gastos a la cuenta de gastos correspondiente. AL final cualquier operación de este tipo (en realidad, de cualquier tipo) genera una documentación de la que se pueden derivar todas las cifras y conceptos que tienen relevancia contable, examina todo eso y deduce qué ha pasado y como queda la operación de crédito después del embargo, y a partir de ahí trabaja para que la contabilidad refleje exactamente lo mismo.
Parece complejo, pero en realidad es mucho más sencillo de lo que parece. Yo, en estos casos, voy anotando en un papel las cantidades y conceptos que veo, y me hago una composición de lo que ha pasado, para luego traducirlo eso a un asiento. Cuenta que pueden figurar cifras que no tengan relevancia contable, eso debes discernirlo tú.
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