Arreglar leasing mal contabilizado

Estoy arreglando la contabilidad de una empresa que ha realizado 3 operaciones de leasing de automóvil en pocos años. El caso es que el primer leasing, realizado en el años 2009 no dieron de baja el vehículo al realizar el cambio, que fue de forma anticipada. Después el 2º vehículo no fue dado de alta como inmovilizado, sino como gasto, así como el cambio del anterior vehículo fue contabilizado como una venta. (700).

Los posteriores cambios han sido también como compras y ventas, no produciéndose ningún movimiento en la cuenta de inmovilizado. El caso es que los impuestos de todos esos años ya están presentados y no veo la forma de arreglarlo de manera correcta. Han sido en total 3 cambios de automóvil sin vencimiento de leasing, y todos contabilizados de la misma manera.

Estas operaciones se vienen realizando desde el año 2009, y todavía no se han cerrado 2011 y 2012.

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Tiene arreglo complicado esto, sobre todo por lo que comentas, las liquidaciones de impuestos ya se han realizado, y te tocaría presentar complementarias de muchas declaraciones, con las correspondientes sanciones.

Pero si han sido 3 las operaciones que se han hecho así, a mí me da por pensar que no está tan mal hecho ¿no crees? Al menos se ha hecho de una forma consciente y coherente. ¿No puedes tener acceso al anterior responsable y que te argumente tus razones?

Mira, no estoy especializado en cuestiones como ésta, los leasings además no son mi especialidad, precisamente, pero tengo entendido que a partir del 2008 cambió la forma de contabilizar estas operaciones, que realmente el titular del bien a efectos contables era el que fuera a desarrollar la vida útil del bien en cuestión, por lo que la forma de contabilizar el leasing no me parece tan desacertada. Era una novedad que incluía ese cambio normativo. Al principio todo el mundo se tiraba las manos a la cabeza, porque se iba a tener en el inmovilizado de las empresas bienes titularidad de terceros, pero creo que la cosa se dejó y ahora se ha normalizado el asunto.

Ya te digo, siendo como es que no soy un experto en esa cuestión precisamente, entiendo que quizás no está tan mal hecho lo que ya tienes hecho. Yo antes de cambiar nada, consultaría la razones de por qué se hizo así, y quizás al entenderlas veas que no es tan descabellado.

Me cuentas como queda todo, ¿vale?

El caso es que se ha contabilizado así por desconocimiento total y absoluto, porque la persona que ha realizado la gestión de la contabilidad se ha dedicado a copiar, sin saber realmente cómo funciona la contabilidad.

El caso es que a partir de ahora me gustaría que todo estuviera cuadrado, y me gustaría que me ayudases en cómo hacerlo. Para llevar el leasing correctamente a partir de ahora

Pues eso es lo que te quería decir. Que para mí que no está tan mal contabilizado el tema. En principio el bien en cuestión debe pasar al inmovilizado, y debe ser amortizado normalmente. Lo que pasa es que fiscalmente se ajusta la amortización fiscal con la contable. La amortización fiscal obedece a las cuotas de leasing, y la contable al % que marca la Agencia Tributaria, y la diferencia son diferencias temporales que hay que ir ajustando.

Eso, al menos, es conforme yo lo tengo entendido.

Pero estas operaciones son, seguramente, las más complejas que se realizan en una PYME. Si tienes asesor fiscal, lo suyo es que le preguntes a él, a fin de cuentas es el que tiene que defender el tema ante la Agencia Tributaria

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