Cerré el año y me di cuenta que olvide contabilizar un prestamos al repasar los saldos.

He cerrado por fin el 2013, y al repasar los saldos a cuenta de que se acerca julio... Vi que no cuadraba el saldo de la contabilidad con el del banco... Mirando mirando he visto que EN 2013 no he contabilizado un prestamos entre sociedades de grupo de 2mil euros... En el banco aparece la transferencia ( de la sociedad que prestó (la cual si está contabilidad correctamente) a ésta segunda que sería la prestataria), pero en mi contabilidad de la prestataria ni está el reflejado en la 572 ni tp está reflejado el préstamo... ¿cómo arreglo yo esto ahora? No se como no me he dado cuenta antes
He pensado en hacer
(1) Reservas a (2) deuda
Y después
(572) banco a (1) reservas
pero no se si es valido... Y ademas ¿qué fecha pongo?. ¿Un apunte en 2014 que ponga "corrección 21/08/2013"?...
Como me afecta esto ya que al no tenerlo reflejado no declare los intereses correspondientes de la misma y por lo tanto no aparecen en el resultado de mi ejercicio que por otra parte tiene perdidas (pero claro en la otra sociedad, la prestamista, si aparece todo esto)...

2 respuestas

Respuesta
1

¿Declaras la operación como "operación con partes vinculadas"?

¿Consolidas el balance?

Es un poco lio... no es que seamos empresa de grupo, pero tiene los mismos dueños gerentes y empleados y actividades comunes... por lo que hacemos hacemos prestamos de una a otra y a final de año los intereses de los mismos...
Hasta donde yo se no declaramos como "operación con partes vinculadas"

Estás en un buen lío. Yo no soy experto fiscal, solamente soy un contable de medio pelo, pero por lo que sé de todo esto, la presunción de la Agencia Tributaria será que se hizo con intención de defraudar, y el hecho de que no se hagan declaraciones de operaciones vinculadas empeora el tema.

Mi consejo es que acudas a un buen asesor fiscal que te indique como solucionar el problema y, sobre todo, como dejar las cosas para que no os supongan un problema fiscal. De nada sirve declarar intereses devengados si después no realizas las declaraciones informativas que la Agencia Tributaria exige.

Por cierto, a todos los efectos sois un grupo empresarial con obligación de consolidar, por lo que tú dices. NO es que no seáis empresas del grupo, ES QUE SOIS LA MISMA EMPRESA, aunque con NIF diferentes. A efectos fiscales, me parece que lo sois.

Suerte

Repasando las contabilidades, el error era otro, que ya he subsanado correctamente, una tontería entre bancos diferentes, así que encontré el asiento y los intereses están declarados.
De todos modos, tp creo que me fueran a encarcelar por unos intereses cuyo principal eran 2mil euros... je je
Muchas gracias por tu aclaración y un saludo ;)

Ok

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1

En vez del gasto pones la 113 en el nuevo plan general contable la 113 te soluciona esto, es como ocurre con el tema de las amortizaciones, ten encuenta que esto produce su efecto en el impuesto sociedades

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