Como contabilizar un provisional de obra

Trabajo en una empresa de instalaciones eléctricas industriales y ponemos lo que se llaman provisionales de obra que es donde se enchufan toda la maquinaria mientras dura la obra, una vez terminada ese provisional desaparece, actualmente se contabilizaba como un inmovilizado pero ciertamente no lo es porque solo dura lo que esta en la obra luego se desmiembra y se utiliza para otros, que otra forma habría para contabilizarlo.

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Si los elementos que componen el PROVISIONAL permanecen en el Patrimonio de la empresaq durante un período de tiempo superior a un ejercicio económico, sería correcta su consideración como Inmovilizado.
Ahora bien, a efectos prácticos, cabe considerarlos como ÚTILES Y HERRAMIENTAS y aplicar la Norma de Valoración 3ª, letra de, de la adaptación del PGC para Empresas Constructoras (ORDEN de 27 de enero de 1993).
El contenido literal de dicha norma es el siguiente:
d) Los utensilios, herramientas y los medios auxiliares, incorporados a elementos mecánicos, se someterán a las normas valorativas y de amortización aplicables a dichos elementos.
Con carácter general, los utensilios y las herramientas que no formen parte de una máquina y los medios auxiliares cuyo período de utilización se estime no superior a un año deben cargarse como gasto del ejercicio. Si el período de su utilización fuese superior a un año, se recomienda, por razones de facilidad operativa, el procedimiento de regularización anual, mediante su recuento físico; las adquisiciones se adeudarán a la cuenta del inmovilizado, regularizando al final del ejercicio, en función del inventario practicado, con baja razonable por demérito.
Las plantillas, los encofrados y los moldes utilizados, con carácter permanente, en fabricaciones de serie deben formar parte del inmovilizado material, calculándose su depreciación según el período de vida útil que se estime. Los moldes y encofrados utilizados para fabricaciones aisladas, por encargo, no deben considerarse como inventariables.
Esto quiere decir que los elementos utilizados para componer el PROVISIONAL y cuyo período de uso (vida útil) no exceda de un ejercicio económico, se registrarán como GASTO y se imputarán al COSTE DE LA OBRA.
En cambio, aquellos elementos cuya VIDA ÚTIL supere un ejercicio económico, se registrarán como INMOVILIZADO durante el ejercicio en la partida (224), en la (225) o en la (229), según su naturaleza.
Al cierre del ejercicio se HARÁ INVENTARIO de los elementos que estén en poder de la empresa y el valor de los mismos se AJUSTARÁ con ABONO a la cuenta que corresponda del Grupo 2 y CARGO a la cuenta (659).
Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional le resulten de utilidad. No dude en ponerse en contacto conmigo para resolver nuevas dudas. Para ello puede formular una nueva pregunta en este foro.
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