¿Cuáles son las leyes y reglamentos que obligan a que una persona física o moral lleve contabilidad y que artículos lo marca?
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Respuesta de Adolfo T Dochado Soto
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Adolfo T Dochado Soto, Especialista en Análisis, Organización, Auditoría y Asesoría de...
La obligación de que un TODO EMPRESARIO lleve una contabilidad de su empresa o negocio adecuada a su actividad queda regulada en el Artículo 25 del vigente Código de Comercio: Redactado según Ley 19/1989, de 25 de julio (B.O.E. nº 178 de 27 de julio) 1. Todo empresario deberá llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de su empresa que permita un seguimiento cronológico de todas sus operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios. Llevará necesariamente, sin perjuicio de lo establecido en las leyes o disposiciones especiales, un libro de Inventarios y Cuentas anuales y otro Diario. 2. La contabilidad será llevada directamente por los empresarios o por otras personas debidamente autorizadas, sin perjuicio de la responsabilidad de aquéllos. Se presumirá concedida la autorización, salvo prueba en contrario. P.D.: Le agradecería que valorase mi respuesta. De esta forma puedo orientar las que dé en el futuro y mejorar continuadamente en mi participación en este foro.