Deposito cuentas

Hola, tengo legalizados libros contables de 2009 y 2010 en el Registro mercantil de Madrid y todavía no he depositado las cuentas anuales de esos años y tardare en hacerlo unos meses. ¿Pueden anular la legalización del libro ya hecha por no haber depositado las cuentas de esos años?
Gracias

3 Respuestas

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Los libros son la constancia de los hechos contables y el asiento de los mismos.
Lo que procede en su caso es cierre del libro registro y posible sanción.
Ojo que ahora con lay de sociedades de capital es el icac el que sanciona.
Puede ver modelos y plantillas
En www.plandeviabilidad.com
Mi despacho realiza memorias a tercero a precios competitivos por si le es de su ijterés
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Yo pienso que no, pero lo mejor es que llames a un registro mercantil cualquiera y, sin decir datos, se lo preguntes a ellos a ver que te dicen.
Lo que es seguro que hasta que no tengas esas cuentas presentadas no te hacen ni un asiento más.
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Entendemos que la legalización de los libros no la anulan... Lo que no podrá es realizar inscripciones en el registro, mientras no tenga depositadas las cuentas.
Agradecemos valoración de la respuesta.
Gracias. ¿Tendría para enviarme un modelo del documento que contiene la aprobación en Junta de las cuentas que se lleva al Notario para la legitimación de la firma? Es que en la notaría no me lo preparan...
Sentimos indicarle que no facilitamos documentación por esta vía.
En cualquier caso, la mayoría de notarios tienen estos modelos y los preparan, si ese notario no lo hace, puede pedirlo en otra notaria.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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