Liquidaciones IGIC

De cara al cierre del ejercicio se pueden contabilizar las liquidaciones del IGIC al 31/12 independiente del resultado (a compensar o a pagar).. ¿para qué las cuentas contables queden a saldo 0.?

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Por su puesto que se puede, por que tu al 31-12 ya sabes cuales son tus operaciones cerradas, Pero nadie lo suele hacer por que siempre queda alguna facturilla estraviada por ahí que aparece después del año nuevo.
YO MÁS que por las facturas, que siempre llegan, lo preguntaba porque dichas liquidaciones se hacen al 31 de Enero de 2011, y si lleg alguna fra.posterior pues ya la incluyo en enero del ejercicio siguiente.
Es que todas las facturas después del 1 de enero pertenecen al 1T del 2011

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