Contabilización de las arras

Buenas tardes : Nos dieron una señal o arras para la compra de un inmueble y ahora no le interesa comprar y por lo tanto pierde esa señal, Yo lo puse en la cuenta 438 pero ahora al no tener que devolver nada ni efectuarse la compra como la cancelo.
Muchas gracias.
Respuesta
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Esas arras se convierten en un beneficio extraordinario que en el nuevo PGC se llama "ingreso excepcional" y se aplica a la cuenta 778.

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